LGTOC

Ley General de Titulos y Operaciones de Credito

La Ley General de Titulos y Operaciones de Credito (LGTOC) es el ordenamiento juridico fundamental que regula los titulos de credito (letra de cambio, pagare, cheque, obligaciones) y las operaciones de credito (reporto, deposito bancario, apertura de credito, carta de credito, credito de habilitacion o avio, credito refaccionario, fideicomiso y prenda) en Mexico. Publicada en 1932, es una de las leyes mercantiles mas antiguas y relevantes del sistema juridico mexicano, esencial para toda practica corporativa, bancaria y comercial.

Publicado: 27 de agosto de 1932|Última reforma: 22 de junio de 2018| PDF oficial

Estructura

407 artículos totales · 20 artículos clave analizados

Artículos (407)

Art.
1

Artículo 1. Definicion de titulos de credito

Define los titulos de credito como los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna. Establece la naturaleza juridica fundamental de estos instrumentos.

titulos-de-creditodefinicionincorporacion
Art.
2

Artículo 2. Actos y operaciones en titulos de credito

Establece que los actos y operaciones relativos a titulos de credito se rigen por esta ley, por la legislacion mercantil general, por los usos bancarios y mercantiles, y por el derecho comun.

legislacion-aplicablesupletoriedadusos-mercantiles
Art.
3

Artículo 3. Representacion en materia de titulos de credito

Regula la representacion en actos relativos a titulos de credito, estableciendo que quien suscribe un titulo a nombre de otro sin poder o excediendo sus facultades queda obligado personalmente.

representacionpoderfalso-representante
Art.
4

Artículo 4. Suscripcion de titulos por incapaces

Establece que los titulos de credito pueden ser suscritos por mandatario en nombre de incapaces, quienes quedaran obligados en los terminos del titulo.

incapacesrepresentacionmandatario
Art.
5

Artículo 5. Principio de literalidad

Consagra el principio de literalidad de los titulos de credito: son pagaderos a la vista salvo que contengan la insercion de clausulas diferentes. El derecho se mide por lo que dice el documento.

literalidadprincipio-cambiarioderechos-del-tenedor
Art.
6

Artículo 6. Clausulas y menciones opcionales

Establece que las menciones y requisitos que el titulo de credito o el acto en el consignado necesitan para su eficacia pueden ser satisfechos por quien suscriba el titulo.

clausulasmencionestitulo-en-blanco
Art.
7

Artículo 7. Alteracion del texto del titulo

Regula las consecuencias de la alteracion del texto de un titulo de credito. Los signatarios posteriores se obligan segun el texto alterado y los anteriores conforme al texto original.

alteraciontextosignatarios
Art.
8

Artículo 8. Endoso y transmision de titulos de credito

Establece las reglas generales para la transmision de titulos de credito mediante endoso y las modalidades de circulacion: nominativos, a la orden y al portador.

endosotransmisionnominativo
Art.
9

Artículo 9. Representacion para suscribir titulos

Establece que la representacion para suscribir titulos de credito se otorga mediante poder inscrito en el Registro Publico de Comercio o por declaracion escrita dirigida al tercero.

representacionpoderregistro-comercio
Art.
10

Artículo 10. Titulos emitidos en el extranjero

Regula la capacidad para suscribir titulos de credito de personas que se encuentran en el extranjero, sujetandola a la ley del pais donde se contrajo la obligacion.

titulos-extranjerosconflicto-leyescapacidad
Art.
11

Artículo 11. Titulos de credito en moneda extranjera

Regula los titulos de credito pagaderos en moneda extranjera, estableciendo que pueden pagarse en moneda nacional al tipo de cambio vigente en la fecha de pago.

moneda-extranjeratipo-de-cambiopago
Art.
12

Artículo 12. Solidaridad de los obligados en titulos de credito

Establece la solidaridad entre todos los signatarios de un titulo de credito frente al tenedor, pudiendo este exigir el pago a cualquiera de ellos.

solidaridadsignatariostenedor
Art.
13

Artículo 13. Firma de personas que no saben o no pueden firmar

Regula la forma en que las personas que no sepan o no puedan firmar pueden suscribir titulos de credito, mediante la intervencion de un fedatario publico.

firma-a-ruegofedatarionotario
Art.
14

Artículo 14. El aval

Define el aval como la garantia que se otorga en un titulo de credito. Establece los requisitos formales del aval y sus efectos juridicos, incluyendo la solidaridad del avalista.

avalgarantiaavalista
Art.
15

Artículo 15. Efectos del aval

Detalla los efectos juridicos del aval, estableciendo que el avalista se obliga de la misma manera que aquel cuya firma garantizo, y que la obligacion es valida incluso si la principal es nula.

avalefectosobligacion-independiente
Art.
16

Artículo 16. Reivindicacion de titulos de credito

Establece que los titulos de credito solo podran ser reivindicados cuando se hayan perdido o robado, siguiendo las reglas especiales de esta ley.

reivindicacionperdidarobo
Art.
17

Artículo 17. Tenedor de buena fe

Define al tenedor de buena fe como aquel que adquirio el titulo conforme a las normas que regulan su circulacion, protegiendolo contra excepciones personales.

tenedorbuena-feautonomia
Art.
18

Artículo 18. Cancelacion de titulos de credito

Establece el procedimiento para la cancelacion judicial de titulos de credito extraviados o robados, protegiendo los derechos del titular legitimo.

cancelacionextraviorobo
Art.
19

Artículo 19. Oposicion a la cancelacion

Regula el derecho de oposicion que tiene el tenedor de un titulo frente a la solicitud de cancelacion, estableciendo el procedimiento para dirimir la controversia.

oposicioncancelaciontenedor
Art.
20

Artículo 20. Reposicion de titulos de credito

Establece el derecho del titular de un titulo de credito destruido o mutilado a solicitar su reposicion, siempre que presente los fragmentos o compruebe su existencia.

reposiciondestruccionmutilacion
Art.
21

Artículo 21. Prescripcion de acciones cambiarias

Establece las reglas generales sobre prescripcion de las acciones derivadas de titulos de credito, senalando los plazos y el computo correspondiente.

prescripcionacciones-cambiariasplazos
Art.
22

Artículo 22. Caducidad de acciones cambiarias

Regula la caducidad de las acciones en materia de titulos de credito, distinguiendola de la prescripcion y estableciendo los supuestos en que opera.

caducidadaccion-cambiariaprescripcion
Art.
23

Artículo 23. Excepciones oponibles al titulo de credito

Enumera las excepciones y defensas que pueden oponerse en contra de las acciones derivadas de un titulo de credito, tanto personales como reales.

excepcionesdefensasaccion-cambiaria
Art.
24

Artículo 24. Protesto de titulos de credito

Establece la obligacion del protesto como acto formal para conservar las acciones cambiarias contra los obligados en via de regreso.

protestoaceptacionpago
Art.
25

Artículo 25. Clausula sin protesto

Regula la clausula 'sin protesto' que puede insertarse en los titulos de credito para dispensar al tenedor de la obligacion de protestar el titulo.

sin-protestosin-gastosclausula
Art.
26

Artículo 26. Endoso - requisitos

Establece los requisitos formales del endoso como medio de transmision de los titulos de credito a la orden, incluyendo el nombre del endosatario y la firma del endosante.

endosorequisitosendosante
Art.
27

Artículo 27. Endoso en propiedad

Regula el endoso en propiedad, que transfiere la propiedad del titulo de credito y todos los derechos a el inherentes al endosatario.

endoso-propiedadtransmisionderechos
Art.
28

Artículo 28. Endoso en procuracion

Define el endoso en procuracion como aquel que no transmite la propiedad del titulo sino que confiere al endosatario las facultades de un mandatario para cobrar el titulo.

endoso-procuracionmandatariocobro
Art.
29

Artículo 29. Endoso en garantia

Regula el endoso en garantia o en prenda, que atribuye al endosatario los derechos y obligaciones de un acreedor prendario sobre el titulo de credito.

endoso-garantiaprendaacreedor-prendario
Art.
30

Artículo 30. Endoso posterior al vencimiento

Regula el endoso hecho despues del vencimiento del titulo, que solo produce efectos de cesion ordinaria.

endoso-posteriorvencimientocesion-ordinaria
Art.
31

Artículo 31. Endoso en blanco

Permite el endoso en blanco, es decir, con la sola firma del endosante, facultando al tenedor a llenar el endoso o transmitir el titulo sin llenarlo.

endoso-blancofirmacirculacion
Art.
32

Artículo 32. Endoso al portador

Establece que el endoso al portador produce los mismos efectos que el endoso en blanco.

endoso-portadorendoso-blancoequiparacion
Art.
33

Artículo 33. Obligaciones del endosante

Establece que el endosante es responsable del pago del titulo frente a los tenedores posteriores, salvo clausula en contrario.

endosanteresponsabilidadvia-de-regreso
Art.
34

Artículo 34. Endoso entre bancos

Regula el endoso entre instituciones de credito, estableciendo reglas especiales para la transmision de titulos entre bancos.

endoso-bancarioinstituciones-creditosello
Art.
35

Artículo 35. Titulos nominativos - transmision

Regula la transmision de titulos nominativos, que requiere endoso e inscripcion en el registro del emisor para su eficacia.

titulo-nominativotransmisionendoso
Art.
36

Artículo 36. Titulos al portador - transmision

Establece que los titulos al portador se transmiten por simple tradicion o entrega material del documento.

titulo-al-portadortradicionentrega
Art.
37

Artículo 37. Conversion de titulos nominativos a portador

Regula la posibilidad de convertir titulos nominativos en titulos al portador y viceversa, conforme a las reglas establecidas por el emisor.

conversiontitulo-nominativotitulo-al-portador
Art.
38

Artículo 38. Deposito de titulos

Regula el deposito de titulos de credito en instituciones autorizadas, estableciendo los derechos y obligaciones del depositante y el depositario.

depositocustodiainstituciones-credito
Art.
39

Artículo 39. Copias y duplicados de titulos

Regula la expedicion de copias y duplicados de titulos de credito, asi como sus efectos juridicos.

copiasduplicadosexpedicion
Art.
40

Artículo 40. Titulo de credito dado en pago

Establece que la entrega de un titulo de credito no constituye pago de la obligacion subyacente, salvo pacto en contrario.

pagopro-solvendopro-soluto
Art.
41

Artículo 41. Intereses en titulos de credito

Regula los intereses pactados en titulos de credito, estableciendo que solo pueden estipularse en titulos pagaderos a la vista o a cierto tiempo vista.

interesestasavencimiento
Art.
42

Artículo 42. Vencimiento de titulos de credito

Establece las formas de vencimiento de los titulos de credito: a la vista, a cierto tiempo vista, a cierto tiempo de la fecha y a dia fijo.

vencimientoa-la-vistadia-fijo
Art.
43

Artículo 43. Lugar de pago del titulo

Establece las reglas para determinar el lugar donde debe pagarse el titulo de credito, incluyendo presunciones legales.

lugar-de-pagodomiciliopresunciones
Art.
44

Artículo 44. Pago parcial del titulo

Establece que el tenedor no puede rechazar un pago parcial del titulo de credito, debiendo hacer constar el pago parcial en el titulo.

pago-parcialrecibosaldo
Art.
45

Artículo 45. Deposito del importe del titulo

Regula el deposito judicial o extrajudicial del importe del titulo cuando el tenedor se niega a recibir el pago o no se presenta al cobro.

depositopagoliberacion
Art.
46

Artículo 46. Pluralidad de ejemplares

Regula la emision de titulos de credito en varios ejemplares, estableciendo que cada ejemplar debe indicar su numero de orden.

pluralidadejemplaresnumeracion
Art.
47

Artículo 47. Intervencion en el pago

Regula la intervencion de terceros en el pago de titulos de credito, permitiendo que personas distintas del obligado paguen el titulo.

intervencionpagotercero
Art.
48

Artículo 48. Accion causal

Regula la accion causal que el tenedor de un titulo de credito no pagado puede ejercer contra quien le transmitio el titulo, basada en la relacion juridica subyacente.

accion-causalrelacion-subyacenteprescripcion
Art.
49

Artículo 49. Accion de enriquecimiento

Establece la accion de enriquecimiento ilegitimo a favor del tenedor que ha perdido la accion cambiaria y la accion causal contra el obligado.

enriquecimiento-ilegitimoaccion-residualprescripcion
Art.
50

Artículo 50. Titulos de credito emitidos por el gobierno

Regula los titulos de credito emitidos por el gobierno federal, estados y municipios, sujetandolos a leyes especiales y supletoriamente a esta ley.

titulos-gobiernodeuda-publicasupletoriedad
Art.
51

Artículo 51. Titulos emitidos en serie

Regula los titulos de credito emitidos en serie, estableciendo requisitos especiales para su emision y circulacion.

titulos-en-serieemisionobligaciones
Art.
52

Artículo 52. Cupon de titulos de credito

Regula los cupones adheridos a los titulos de credito para el cobro de intereses o dividendos, estableciendo su naturaleza y efectos.

cuponesinteresesdividendos
Art.
53

Artículo 53. Acciones procesales derivadas de titulos

Establece las acciones procesales que derivan de los titulos de credito: la accion cambiaria directa y la accion cambiaria de regreso.

accion-cambiariaaccion-directavia-de-regreso
Art.
54

Artículo 54. Contenido de la accion cambiaria

Determina lo que el tenedor puede reclamar mediante la accion cambiaria: el importe del titulo, intereses moratorios, gastos del protesto y demas gastos legitimos.

accion-cambiariaimporteintereses-moratorios
Art.
55

Artículo 55. Prescripcion de la accion cambiaria directa

Establece el plazo de prescripcion de la accion cambiaria directa en tres anos contados desde el vencimiento del titulo.

prescripcionaccion-directatres-anos
Art.
56

Artículo 56. Prescripcion de la accion de regreso

Establece que la accion cambiaria de regreso del ultimo tenedor prescribe en un ano y la del obligado de regreso que paga en seis meses.

prescripcionaccion-de-regresoun-ano
Art.
57

Artículo 57. Pago por intervencion

Detalla las reglas del pago por intervencion, en que un tercero paga el titulo de credito para proteger al obligado.

pago-intervencionterceroprotesto
Art.
58

Artículo 58. Accion cambiaria en via ejecutiva

Establece que la accion cambiaria es ejecutiva, pudiendo el tenedor embargar bienes del deudor sin necesidad de juicio previo.

via-ejecutivaembargotitulo-ejecutivo
Art.
59

Artículo 59. Dias inhabiles para el pago

Establece que si el dia del vencimiento es inhabil, el pago puede hacerse el siguiente dia habil.

dias-inhabilesvencimientodia-habil
Art.
60

Artículo 60. Computo de plazos legales

Regula la forma de computar los plazos legales y convencionales en materia de titulos de credito.

computo-plazosdias-naturalesdias-inhabiles
Art.
61

Artículo 61. Notificaciones en materia cambiaria

Regula las notificaciones que deben hacerse en relacion con los titulos de credito y la forma en que surten efectos.

notificacionesnotariojudicial
Art.
62

Artículo 62. Responsabilidad por daños

Establece la responsabilidad por danos y perjuicios de quien indebidamente rechace la aceptacion o el pago de un titulo de credito.

responsabilidaddanosperjuicios
Art.
63

Artículo 63. Obligaciones del tenedor

Establece las obligaciones que el tenedor de un titulo de credito debe cumplir para conservar sus derechos cambiarios.

obligaciones-tenedorpresentacionprotesto
Art.
64

Artículo 64. Aviso de falta de pago

Obliga al tenedor a dar aviso de la falta de aceptacion o pago a su endosante y al librador, dentro de los dos dias siguientes al protesto.

avisofalta-de-pagoprotesto
Art.
65

Artículo 65. Fuerza mayor en titulos de credito

Regula los efectos de la fuerza mayor en las obligaciones derivadas de titulos de credito, suspendiendo los plazos mientras subsista el impedimento.

fuerza-mayorcaso-fortuitosuspension-plazos
Art.
66

Artículo 66. Lugar de emision del titulo

Establece que si no se indica lugar de emision en el titulo de credito, se considera emitido en el domicilio del suscriptor.

lugar-emisiondomiciliosuscriptor
Art.
67

Artículo 67. Titulo con fecha falsa o lugar inexistente

Establece que el titulo de credito que contenga fecha o lugar falso no es nulo, pero puede ser impugnado por el obligado.

fecha-falsalugar-falsovalidez
Art.
68

Artículo 68. Firma autografa en titulos de credito

Establece el requisito de firma autografa para la validez de los titulos de credito, con las excepciones que la ley permita.

firma-autografasuscripcionvalidez
Art.
69

Artículo 69. Responsabilidad del representante

Reitera que quien suscribe un titulo de credito sin poder de representacion queda personalmente obligado.

representanteresponsabilidadsin-poder
Art.
70

Artículo 70. Disposiciones supletorias para titulos especificos

Establece que las disposiciones del titulo preliminar son aplicables supletoriamente a todos los titulos de credito regulados en los titulos siguientes de esta ley.

supletoriedadtitulo-preliminardisposiciones-generales
Art.
71

Artículo 71. Reglas del endoso para la letra de cambio

Establece las reglas especificas del endoso aplicables a la letra de cambio, complementando las disposiciones generales.

endosoletra-de-cambiotransmision
Art.
72

Artículo 72. Garantias adicionales en titulos de credito

Regula las garantias adicionales que pueden incorporarse en los titulos de credito, complementando la garantia del aval.

garantiasprendahipoteca
Art.
73

Artículo 73. Prescripcion de acciones en titulos especificos

Regula los plazos especificos de prescripcion para las acciones derivadas de los diversos titulos de credito.

prescripcionplazosletra-de-cambio
Art.
74

Artículo 74. Disposiciones transitorias sobre titulos

Establece disposiciones transitorias aplicables a titulos de credito emitidos antes de la entrada en vigor de reformas a esta ley.

disposiciones-transitoriasirretroactividadreformas
Art.
75

Artículo 75. Actos de comercio en titulos de credito

Establece que las operaciones con titulos de credito son actos de comercio, independientemente de la calidad de las personas que los realicen.

actos-de-comercionaturaleza-mercantilcompetencia
Art.
76

Artículo 76. Requisitos de la letra de cambio

Enumera los requisitos que debe contener una letra de cambio para su validez: mencion de ser letra de cambio, orden incondicional de pago, nombre del girado, vencimiento, lugar de pago, nombre del beneficiario, fecha y lugar de suscripcion, y firma del girador.

letra-de-cambiorequisitosgirador
Art.
77

Artículo 77. Letra de cambio a la orden

Establece que la letra de cambio se considera siempre a la orden, aun cuando no se inserte esta clausula expresamente.

letra-de-cambioa-la-ordenendoso
Art.
78

Artículo 78. Letra de cambio girada contra el propio librador

Permite que la letra de cambio se gire contra el propio librador, en cuyo caso este asume simultaneamente las calidades de girador y girado.

letra-de-cambiolibrador-giradoauto-giro
Art.
79

Artículo 79. Letra de cambio girada a cargo de un tercero

Regula la letra de cambio girada a cargo de un tercero, en la que el pago se encomienda a una persona distinta del girado.

letra-de-cambiotercerodomiciliacion
Art.
80

Artículo 80. Letra de cambio a dia fijo

Regula la letra de cambio pagadera a dia fijo, estableciendo que el pago debe hacerse en la fecha indicada en el titulo.

letra-de-cambiodia-fijovencimiento
Art.
81

Artículo 81. Letra a cierto plazo de la fecha

Regula la letra de cambio pagadera a cierto plazo de la fecha, cuyo vencimiento se calcula desde la fecha de emision.

letra-de-cambioplazo-fechavencimiento
Art.
82

Artículo 82. Letra a cierto plazo vista

Regula la letra de cambio a cierto plazo vista, cuyo vencimiento se computa desde la fecha de aceptacion o protesto por falta de aceptacion.

letra-de-cambioplazo-vistaaceptacion
Art.
83

Artículo 83. Letra a la vista - pago a la presentacion

Establece que la letra de cambio a la vista es pagadera a su presentacion, debiendo presentarse dentro de los seis meses siguientes a su fecha.

letra-de-cambioa-la-vistapresentacion
Art.
84

Artículo 84. Presentacion de la letra para aceptacion

Regula la presentacion de la letra de cambio para su aceptacion por el girado, estableciendo los plazos y formalidades.

letra-de-cambioaceptacionpresentacion
Art.
85

Artículo 85. Forma de la aceptacion de la letra

Establece los requisitos formales de la aceptacion de la letra de cambio por el girado, que debe constar en el propio titulo.

aceptacionletra-de-cambiogirado
Art.
86

Artículo 86. Efectos de la aceptacion

Define los efectos juridicos de la aceptacion de la letra de cambio: el girado se convierte en obligado principal al pago del titulo.

aceptacionefectosaceptante
Art.
87

Artículo 87. Revocacion de la aceptacion

Establece que la aceptacion no puede ser revocada una vez que ha sido comunicada al tenedor del titulo.

aceptacionrevocacionirrevocabilidad
Art.
88

Artículo 88. Negativa de aceptacion

Regula las consecuencias de la negativa de aceptacion por parte del girado, facultando al tenedor a ejercer la accion de regreso.

negativa-aceptacionprotestoaccion-regreso
Art.
89

Artículo 89. Aceptacion por intervencion

Regula la aceptacion por intervencion, permitiendo que un tercero acepte la letra en defecto del girado para proteger a alguno de los obligados de regreso.

aceptacion-intervencionterceroproteccion
Art.
90

Artículo 90. Obligaciones del girador de la letra

Establece las obligaciones del girador de la letra de cambio: garantizar la aceptacion y el pago, respondiendo solidariamente.

giradorobligacionesgarantia
Art.
91

Artículo 91. Provision de fondos

Regula la obligacion del girador de proveer fondos al girado para el pago de la letra de cambio.

provision-fondosgiradorgirado
Art.
92

Artículo 92. Protesto de la letra de cambio

Regula el protesto de la letra de cambio, acto formal mediante el cual se hace constar la falta de aceptacion o de pago.

protestonotariocorredor
Art.
93

Artículo 93. Dispensa del protesto

Regula los casos en que se dispensa al tenedor de la obligacion de levantar el protesto de la letra de cambio.

dispensaprotestosin-protesto
Art.
94

Artículo 94. Efectos de la falta de protesto

Establece las consecuencias juridicas de no levantar el protesto oportunamente: caducidad de las acciones de regreso.

falta-protestocaducidadacciones-regreso
Art.
95

Artículo 95. Pago de la letra de cambio

Regula el pago de la letra de cambio, estableciendo las reglas para su presentacion y los efectos del pago.

pagopresentacionentrega-titulo
Art.
96

Artículo 96. Pago anticipado de la letra

Regula el pago anticipado de la letra de cambio, estableciendo que el girado puede pagar antes del vencimiento bajo su responsabilidad.

pago-anticipadoresponsabilidadgirado
Art.
97

Artículo 97. Recambio y resaca

Regula la resaca o letra de recambio, que puede girar el tenedor para resarcirse del importe de la letra protestada.

recambioresacaletra-protestada
Art.
98

Artículo 98. Pluralidad de letras de cambio

Regula la emision de una letra de cambio en varios ejemplares y los efectos de cada uno de ellos.

pluralidadejemplaresletra-de-cambio
Art.
99

Artículo 99. Copia de la letra de cambio

Permite la expedicion de copias de la letra de cambio, que deben reproducir exactamente el original con todos sus endosos.

copiasreproduccionendosos
Art.
100

Artículo 100. Accion cambiaria directa contra el aceptante

Establece que la accion cambiaria directa contra el aceptante de la letra de cambio prescribe en tres anos desde la fecha de vencimiento.

prescripcionaccion-directaaceptante
Art.
101

Artículo 101. Prescripcion de la accion de regreso contra el librador

Establece que la accion cambiaria de regreso del ultimo tenedor contra el librador y los endosantes prescribe en un ano.

prescripcionaccion-regresolibrador
Art.
102

Artículo 102. Caducidad de la accion cambiaria en la letra

Enumera los supuestos de caducidad de la accion cambiaria de regreso en la letra de cambio por falta de presentacion o protesto.

caducidadaccion-regresopresentacion
Art.
103

Artículo 103. Resaca de la letra de cambio

Complementa las reglas sobre la resaca o letra de recambio, detallando los requisitos y accesorios que puede contener.

resacaletra-protestadarecambio
Art.
104

Artículo 104. Acciones extracambiarias

Reserva al tenedor las acciones extracambiarias (causal y de enriquecimiento) cuando se extinguen las acciones cambiarias.

acciones-extracambiariasaccion-causalenriquecimiento
Art.
105

Artículo 105. Letra de cambio documentaria

Regula la letra de cambio acompanada de documentos comerciales (conocimiento de embarque, facturas), comun en el comercio internacional.

letra-documentariadocumentos-comercialesconocimiento-embarque
Art.
106

Artículo 106. Vencimientos sucesivos prohibidos

Establece la prohibicion de emitir una letra de cambio con vencimientos sucesivos o parciales.

vencimientos-sucesivosprohibicionnulidad
Art.
107

Artículo 107. Clausula de intereses en la letra

Regula la estipulacion de intereses en la letra de cambio, que solo es valida en letras a la vista o a cierto tiempo vista.

interesesclausulaa-la-vista
Art.
108

Artículo 108. Letra de cambio domiciliada

Regula la letra de cambio pagadera en domicilio de un tercero o en lugar distinto al domicilio del girado.

domiciliaciontercerodomicilio
Art.
109

Artículo 109. Indicacion de personas para aceptar o pagar

Permite que el librador o un endosante indique personas que podran aceptar o pagar la letra en caso de que el girado no lo haga.

indicatariosaceptacionpago
Art.
110

Artículo 110. Pluralidad de girados

Permite que la letra de cambio sea girada contra varias personas como girados conjuntos o alternativos.

pluralidad-giradosgirados-conjuntosgirados-alternativos
Art.
111

Artículo 111. Letra de cambio en moneda extranjera

Regula las particularidades de la letra de cambio librada en moneda extranjera, incluyendo el tipo de cambio aplicable.

moneda-extranjeratipo-de-cambioclausula-pago-efectivo
Art.
112

Artículo 112. Responsabilidad solidaria en la letra

Reitera el principio de solidaridad entre todos los obligados de una letra de cambio frente al tenedor.

solidaridadobligadostenedor
Art.
113

Artículo 113. Reglas especiales de la letra en el extranjero

Establece las reglas de conflicto de leyes para las letras de cambio emitidas o pagaderas en el extranjero.

conflicto-leyesextranjeroforma
Art.
114

Artículo 114. Accion ejecutiva derivada de la letra

Reitera que la accion derivada de la letra de cambio es ejecutiva, constituyendo titulo ejecutivo para embargo.

accion-ejecutivatitulo-ejecutivojuicio-ejecutivo
Art.
115

Artículo 115. Letra de cambio y relacion subyacente

Establece la independencia de la letra de cambio respecto de la relacion juridica que le dio origen.

independenciarelacion-subyacenteautonomia
Art.
116

Artículo 116. Reglas complementarias para la letra de cambio

Establece disposiciones complementarias sobre la forma, presentacion y cobro de la letra de cambio.

disposiciones-complementariassupletoriedadreglas-generales
Art.
117

Artículo 117. Letra con clausula de devolucion sin gastos

Regula la clausula de devolucion sin gastos que puede insertarse en la letra de cambio para limitar los gastos del tenedor.

devolucion-sin-gastosdispensaprotesto
Art.
118

Artículo 118. Intervencion por honor

Detalla las reglas de la intervencion por honor en la letra de cambio, cuando un tercero paga por cuenta de un obligado de regreso.

intervencion-honoraceptacion-honorpago-honor
Art.
119

Artículo 119. Cancelacion de la letra de cambio

Regula el procedimiento de cancelacion judicial de la letra de cambio en caso de extravio o robo.

cancelacionextraviorobo
Art.
120

Artículo 120. Derechos del tenedor tras la cancelacion

Establece los derechos del tenedor una vez decretada la cancelacion judicial de la letra de cambio.

cancelacionderechosduplicado
Art.
121

Artículo 121. Reglas aplicables a la letra de cambio por analogia

Establece que las reglas de la letra de cambio se aplican por analogia a otros titulos de credito en lo que no contrarien sus disposiciones especiales.

aplicacion-analogicaletra-de-cambiomodelo
Art.
122

Artículo 122. Protesto por falta de pago - plazo

Reitera que el protesto por falta de pago debe levantarse dentro de los dos dias habiles siguientes al vencimiento.

protestofalta-de-pagoplazo
Art.
123

Artículo 123. Forma del protesto notarial

Detalla los requisitos formales del acta de protesto que debe levantar el notario o corredor publico.

protestoactanotario
Art.
124

Artículo 124. Protesto y dias inhabiles

Establece que si el ultimo dia para levantar el protesto es inhabil, el plazo se prorroga al siguiente dia habil.

protestodias-inhabilesprorroga
Art.
125

Artículo 125. Aviso del protesto a los obligados

Establece la obligacion del tenedor de notificar la falta de aceptacion o pago a los obligados en via de regreso.

avisoprotestoobligados-regreso
Art.
126

Artículo 126. Efectos del protesto respecto de la prescripcion

Regula la relacion entre el protesto y el computo de los plazos de prescripcion de las acciones cambiarias.

protestoprescripcioncomputo
Art.
127

Artículo 127. Nulidad del protesto defectuoso

Establece los casos en que el protesto es nulo por vicios de forma y sus consecuencias.

nulidadprotestovicios-forma
Art.
128

Artículo 128. Protesto y certificacion bancaria

Establece que la certificacion de un cheque por parte del banco equivale al protesto para efectos legales.

protestocertificacion-bancariacheque
Art.
129

Artículo 129. Disposiciones sobre la prescripcion especial

Complementa las reglas de prescripcion para acciones derivadas de la letra de cambio en situaciones especiales.

prescripcionregla-supletoriaacciones-cambiarias
Art.
130

Artículo 130. Intereses moratorios en la letra

Regula los intereses moratorios que se causan por la falta de pago oportuno de la letra de cambio.

intereses-moratoriosfalta-de-pagotasa-legal
Art.
131

Artículo 131. Gastos de cobranza de la letra

Establece que los gastos de cobranza de la letra de cambio son a cargo del obligado que no pago oportunamente.

gastos-cobranzaprotestoobligado
Art.
132

Artículo 132. Derecho de reembolso del obligado de regreso

Establece el derecho de reembolso del obligado de regreso que paga la letra contra los obligados anteriores.

reembolsoobligado-regresopago
Art.
133

Artículo 133. Excepciones no oponibles al tenedor de buena fe

Reitera el principio de inoponibilidad de excepciones personales frente al tenedor de buena fe de la letra.

excepcionestenedor-buena-feautonomia
Art.
134

Artículo 134. Prescripcion de acciones del aval en la letra

Regula los plazos de prescripcion de las acciones contra el avalista en la letra de cambio.

prescripcionavalistaplazos
Art.
135

Artículo 135. Acciones del avalista que paga

Establece los derechos del avalista que paga la letra de cambio, adquiriendo las acciones cambiarias contra el avalado.

avalistapagoderechos-cambiarios
Art.
136

Artículo 136. Letra de cambio con vencimiento en dia festivo

Reitera que la letra con vencimiento en dia festivo es exigible el dia habil siguiente.

vencimientodia-festivodia-habil
Art.
137

Artículo 137. Competencia judicial en la letra de cambio

Establece las reglas de competencia judicial para controversias derivadas de la letra de cambio.

competencia-judiciallugar-de-pagodomicilio
Art.
138

Artículo 138. Documentos complementarios de la letra

Regula los documentos que pueden acompanar a la letra de cambio y su relacion con el titulo principal.

documentos-complementariosallongeavisos
Art.
139

Artículo 139. Reglas sobre el pago en general

Complementa las disposiciones sobre el pago de la letra, estableciendo reglas sobre recibos y comprobantes.

pagoreciboentrega-titulo
Art.
140

Artículo 140. Pluralidad de obligados y beneficio de division

Establece que no existe beneficio de division entre los obligados solidarios de la letra de cambio.

solidaridadbeneficio-divisionobligados
Art.
141

Artículo 141. Obligaciones del girado antes de la aceptacion

Establece que el girado no tiene obligacion cambiaria alguna hasta que acepte la letra de cambio.

giradoaceptacionobligacion-cambiaria
Art.
142

Artículo 142. Deber de custodia del titulo

Establece la obligacion del tenedor de custodiar adecuadamente el titulo de credito y las consecuencias de su negligencia.

custodiadiligencianegligencia
Art.
143

Artículo 143. Titulo con alteraciones descubiertas

Regula las consecuencias de descubrir alteraciones en el texto de la letra de cambio durante el procedimiento de cobro.

alteracionestextosignatarios
Art.
144

Artículo 144. Quita y espera en la letra

Regula los efectos de la quita (reduccion) y la espera (prorroga) concedidas en relacion con la letra de cambio.

quitaesperareduccion
Art.
145

Artículo 145. Devolucion del titulo pagado

Establece la obligacion del tenedor de devolver el titulo al aceptante que ha pagado la letra integramente.

devolucionpago-integrocancelacion
Art.
146

Artículo 146. Aplicacion de las reglas de la letra a otros titulos

Establece expresamente que las disposiciones sobre la letra de cambio son aplicables al pagare y al cheque en lo conducente.

supletoriedadpagarecheque
Art.
147

Artículo 147. Acumulacion de acciones cambiarias

Regula la posibilidad de acumular acciones cambiarias derivadas de la misma letra de cambio.

acumulacionaccion-directaaccion-regreso
Art.
148

Artículo 148. Prescripcion entre obligados cambiarios

Regula la prescripcion de las acciones entre los distintos obligados cambiarios que han pagado el titulo.

prescripcionobligados-cambiariosseis-meses
Art.
149

Artículo 149. Disposiciones finales sobre la letra de cambio

Contiene disposiciones finales sobre la letra de cambio, incluyendo reglas de interpretacion y aplicacion.

disposiciones-finalesinterpretacionprincipios
Art.
150

Artículo 150. Reglas sobre el vencimiento anticipado

Regula los casos en que procede el vencimiento anticipado de la letra de cambio.

vencimiento-anticipadorechazo-aceptacionquiebra
Art.
151

Artículo 151. Reglas de la letra aplicables a titulos especiales

Establece las reglas de la letra de cambio que son aplicables a titulos de credito especiales regulados en leyes diversas.

titulos-especialesleyes-especialesmercado-valores
Art.
152

Artículo 152. Obligacion de devolver documentos al pago

Complementa las reglas sobre la entrega de documentos comerciales que acompanan a la letra de cambio al momento del pago.

documentos-comercialesdevolucionpago
Art.
153

Artículo 153. Responsabilidad del endosante en la letra

Detalla la responsabilidad del endosante de la letra de cambio frente a los tenedores posteriores.

endosanteresponsabilidadgarantia
Art.
154

Artículo 154. Reglas para la letra con pluralidad de vencimientos

Reitera la nulidad de la letra de cambio que contenga vencimientos sucesivos o escalonados.

vencimientos-sucesivosnulidadunicidad-vencimiento
Art.
155

Artículo 155. Diferencias entre letras nacionales e internacionales

Establece las diferencias en el tratamiento juridico de las letras de cambio nacionales e internacionales.

letras-nacionalesletras-internacionalesconflicto-leyes
Art.
156

Artículo 156. Requisitos adicionales de la letra internacional

Establece los requisitos adicionales que deben cumplir las letras de cambio internacionales.

letra-internacionalrequisitosderecho-internacional
Art.
157

Artículo 157. Interpretacion de la letra de cambio

Establece reglas de interpretacion para resolver ambiguedades en el texto de la letra de cambio.

interpretacionambiguedadletras-cifras
Art.
158

Artículo 158. Moneda de cuenta y moneda de pago

Distingue entre la moneda en que se expresa la obligacion y la moneda en que se realiza el pago en la letra de cambio.

moneda-cuentamoneda-pagotipo-de-cambio
Art.
159

Artículo 159. Disposiciones sobre la letra de favor

Regula la letra de cambio de favor o complacencia, en la que no existe una relacion juridica subyacente real.

letra-de-favorcomplacenciacredito
Art.
160

Artículo 160. Cesion de derechos sobre la letra vencida

Regula la cesion de derechos sobre una letra de cambio cuya accion cambiaria ha prescrito.

cesion-derechosprescripcioncesion-ordinaria
Art.
161

Artículo 161. Disposiciones transitorias de la letra de cambio

Establece reglas transitorias para las letras de cambio emitidas antes de la entrada en vigor de reformas.

disposiciones-transitoriasirretroactividadreformas
Art.
162

Artículo 162. Acciones derivadas de la letra en el concurso

Regula el tratamiento de las acciones derivadas de la letra de cambio en caso de concurso o quiebra del obligado.

concursoquiebraacreedores
Art.
163

Artículo 163. Multiplicidad de firmas en la letra

Regula los efectos cuando una letra de cambio contiene firmas de personas que no pueden obligarse cambiariamente.

firmasincapacidadindependencia
Art.
164

Artículo 164. Letra de cambio y convenio arbitral

Regula la posibilidad de someter las controversias derivadas de la letra de cambio a arbitraje comercial.

arbitrajecontroversiasconvenio-arbitral
Art.
165

Artículo 165. Reglas complementarias sobre la aceptacion

Complementa las disposiciones sobre la aceptacion de la letra de cambio en casos especiales.

aceptacionmodalidadesparcial
Art.
166

Artículo 166. Requerimiento previo a la demanda

Establece si es necesario un requerimiento previo de pago antes de iniciar la demanda ejecutiva mercantil.

requerimientodemandaaccion-cambiaria
Art.
167

Artículo 167. Costas judiciales en juicios cambiarios

Regula la condena en costas judiciales en los juicios derivados de titulos de credito.

costas-judicialeshonorariosgastos
Art.
168

Artículo 168. Terceria en juicios cambiarios

Regula la intervencion de terceros en los juicios ejecutivos derivados de titulos de credito.

terceriajuicio-ejecutivoexcluyente
Art.
169

Artículo 169. Disposiciones finales del capitulo de la letra

Contiene las disposiciones finales del capitulo dedicado a la letra de cambio, remitiendose a las reglas generales para lo no previsto.

disposiciones-finalessupletoriedadtitulo-preliminar
Art.
170

Artículo 170. Requisitos del pagare

Enumera los requisitos esenciales del pagare: mencion de ser pagare, promesa incondicional de pago, epoca de pago, lugar de pago, nombre del beneficiario, fecha y lugar de suscripcion, y firma del suscriptor.

pagarerequisitospromesa-de-pago
Art.
171

Artículo 171. Aplicacion de reglas de la letra al pagare

Establece que al pagare son aplicables las disposiciones de la letra de cambio en lo conducente, con las diferencias naturales derivadas de su estructura.

pagarereglas-aplicablesletra-de-cambio
Art.
172

Artículo 172. Suscriptor del pagare como obligado principal

Establece que el suscriptor del pagare se equipara al aceptante de la letra de cambio como obligado principal.

suscriptorobligado-principalaceptante
Art.
173

Artículo 173. Pagare domiciliado

Permite la domiciliacion del pagare, es decir, que se indique un lugar de pago distinto al domicilio del suscriptor.

pagare-domiciliadodomiciliacioninstitucion-credito
Art.
174

Artículo 174. Pagare con intereses y pagos parciales

Regula las clausulas de intereses en el pagare y la posibilidad de pagos parciales o en exhibiciones sucesivas.

pagareinteresespagos-parciales
Art.
175

Artículo 175. Requisitos del cheque

Enumera los requisitos esenciales del cheque: mencion de ser cheque, lugar y fecha de expedicion, orden incondicional de pago, nombre del librado (banco), lugar de pago y firma del librador.

chequerequisitoslibrador
Art.
176

Artículo 176. Cheque a la orden y al portador

Establece que el cheque puede ser expedido a la orden, al portador o nominativamente.

chequea-la-ordenal-portador
Art.
177

Artículo 177. Cheque librado contra el propio banco

Establece que el cheque solo puede ser librado contra una institucion de credito que tenga fondos del librador.

chequefondos-disponiblesinstitucion-credito
Art.
178

Artículo 178. Provision de fondos para el cheque

Detalla la obligacion del librador de proveer fondos suficientes al banco librado para el pago del cheque.

provision-fondoschequedepositos
Art.
179

Artículo 179. Revocacion del cheque

Regula las condiciones bajo las cuales el librador puede revocar un cheque emitido.

revocacionchequeplazo-presentacion
Art.
180

Artículo 180. Muerte o incapacidad del librador

Establece que la muerte o incapacidad sobreveniente del librador no afecta la validez del cheque emitido.

muerteincapacidadlibrador
Art.
181

Artículo 181. Cheque postdatado

Establece que el cheque presentado al cobro antes de la fecha indicada como de expedicion es pagadero el dia de su presentacion.

cheque-postdatadopresentaciona-la-vista
Art.
182

Artículo 182. Obligacion del banco de pagar el cheque

Establece la obligacion del banco librado de pagar el cheque cuando existan fondos suficientes.

bancoobligacion-pagofondos-suficientes
Art.
183

Artículo 183. Plazo de presentacion del cheque

Establece los plazos para la presentacion del cheque al cobro: 15 dias para cheques pagaderos en el mismo lugar de expedicion y 1 mes para los pagaderos en lugar distinto.

chequeplazo-presentacionquince-dias
Art.
184

Artículo 184. Protesto del cheque

Regula el protesto del cheque, que puede hacerse mediante la anotacion del banco rechazando el pago o por medio de notario.

protestochequeanotacion-bancaria
Art.
185

Artículo 185. Accion cambiaria derivada del cheque

Establece las acciones cambiarias que puede ejercer el tenedor de un cheque no pagado.

accion-cambiariachequelibrador
Art.
186

Artículo 186. Prescripcion de acciones derivadas del cheque

Establece que las acciones cambiarias derivadas del cheque prescriben en seis meses desde la presentacion o desde el vencimiento del plazo de presentacion.

prescripcionchequeseis-meses
Art.
187

Artículo 187. Responsabilidad del librador del cheque

Detalla la responsabilidad del librador del cheque frente al tenedor y los demas signatarios.

libradorresponsabilidadgarantia
Art.
188

Artículo 188. Cheque cruzado

Define el cheque cruzado y sus efectos: solo puede ser cobrado a traves de una institucion de credito, no directamente en ventanilla.

cheque-cruzadolineas-paralelasinstitucion-credito
Art.
189

Artículo 189. Efectos del cheque cruzado

Detalla los efectos y prohibiciones del cheque cruzado, incluyendo la imposibilidad de borrar el cruzamiento.

cheque-cruzadoefectosprohibiciones
Art.
190

Artículo 190. Cheque certificado

Define el cheque certificado como aquel en que la institucion librada certifica la existencia de fondos suficientes y se obliga a retenerlos para el pago del cheque.

cheque-certificadocertificacionfondos-retenidos
Art.
191

Artículo 191. Cheque para abono en cuenta

Regula el cheque que contiene la clausula 'para abono en cuenta', que no puede ser pagado en efectivo sino solo acreditado en cuenta bancaria.

cheque-abono-cuentaclausulaseguridad
Art.
192

Artículo 192. Cheque no negociable

Regula el cheque con clausula 'no negociable', que solo puede ser cobrado por el beneficiario original.

cheque-no-negociableclausulabeneficiario
Art.
193

Artículo 193. Cheque de caja

Define el cheque de caja como aquel expedido por una institucion de credito a cargo de si misma, garantizando el pago con los propios recursos del banco.

cheque-de-cajainstitucion-creditolibrador-librado
Art.
194

Artículo 194. Cheque de viajero

Define y regula el cheque de viajero (traveler's check), expedido por instituciones de credito para uso en viajes.

cheque-de-viajerotravelers-checkfirma-doble
Art.
195

Artículo 195. Cheques con provision garantizada

Regula los cheques con provision garantizada, en los que la institucion de credito garantiza al tenedor la existencia de fondos.

cheque-provision-garantizadagarantia-bancariacantidad-maxima
Art.
196

Artículo 196. Responsabilidad por cheque sin fondos

Establece la responsabilidad civil y la referencia a las consecuencias penales del libramiento de cheques sin fondos suficientes.

cheque-sin-fondosresponsabilidadindemnizacion
Art.
197

Artículo 197. Caducidad de acciones cambiarias del cheque

Establece los supuestos de caducidad de las acciones cambiarias derivadas del cheque por falta de presentacion oportuna.

caducidadchequeendosantes
Art.
198

Artículo 198. Obligaciones del banco respecto del cheque

Detalla las obligaciones de la institucion de credito librada en relacion con los cheques presentados al cobro.

bancoobligacionespago
Art.
199

Artículo 199. Pago parcial del cheque

Establece que el banco puede realizar pagos parciales del cheque cuando los fondos sean insuficientes para cubrir la totalidad.

pago-parcialchequefondos-insuficientes
Art.
200

Artículo 200. Cheque alterado o falsificado

Regula la responsabilidad en caso de pago de un cheque alterado o con firma falsificada.

alteracionfalsificacionresponsabilidad
Art.
201

Artículo 201. Endoso del cheque

Regula las particularidades del endoso de cheques, incluyendo las restricciones para cheques no negociables y al portador.

endosochequerestricciones
Art.
202

Artículo 202. Aval en el cheque

Regula la posibilidad de otorgar aval en el cheque, garantizando su pago.

avalchequegarantia
Art.
203

Artículo 203. Intereses moratorios en el cheque

Establece que el cheque no pagado causa intereses moratorios desde la fecha de presentacion.

intereses-moratorioschequepresentacion
Art.
204

Artículo 204. Prescripcion de la accion contra el librador del cheque

Reitera que la accion contra el librador del cheque prescribe en seis meses desde que transcurre el plazo de presentacion.

prescripcionlibradorseis-meses
Art.
205

Artículo 205. Cheque y contrato de cuenta corriente

Regula la relacion entre el cheque y el contrato de cuenta corriente bancaria que lo sustenta.

cuenta-corrientecontrato-bancariocuentahabiente
Art.
206

Artículo 206. Disposiciones supletorias del cheque

Establece que al cheque se aplican supletoriamente las reglas de la letra de cambio en lo que no contrarien sus disposiciones especiales.

supletoriedadchequeletra-de-cambio
Art.
207

Artículo 207. Disposiciones finales sobre el cheque

Contiene disposiciones finales del capitulo sobre el cheque, cerrando la regulacion de este titulo de credito.

disposiciones-finaleschequelegislacion-bancaria
Art.
208

Artículo 208. Obligaciones (bonos corporativos) - definicion

Define las obligaciones como titulos de credito emitidos en serie por sociedades anonimas que representan la participacion individual de sus tenedores en un credito colectivo.

obligacionesbonostitulos-en-serie
Art.
209

Artículo 209. Requisitos de emision de obligaciones

Establece los requisitos para la emision de obligaciones, incluyendo el acta de emision, designacion de representante comun y registro.

obligacionesemisionacta-emision
Art.
210

Artículo 210. Representante comun de los obligacionistas

Regula la figura del representante comun de los tenedores de obligaciones, sus funciones y responsabilidades.

representante-comunobligacionistasfunciones
Art.
211

Artículo 211. Asamblea de obligacionistas

Regula las asambleas de tenedores de obligaciones, sus facultades, quorum y votacion.

asambleaobligacionistasquorum
Art.
212

Artículo 212. Obligaciones hipotecarias

Regula las obligaciones garantizadas con hipoteca, estableciendo los requisitos especiales de constitucion y registro.

obligaciones-hipotecariashipotecagarantia-real
Art.
213

Artículo 213. Obligaciones quirografarias

Regula las obligaciones emitidas sin garantia real especifica, respaldadas unicamente por el credito general del emisor.

obligaciones-quirografariassin-garantiasolvencia
Art.
214

Artículo 214. Obligaciones convertibles en acciones

Regula las obligaciones que pueden convertirse en acciones de la sociedad emisora a opcion del tenedor.

obligaciones-convertiblesconversionacciones
Art.
215

Artículo 215. Amortizacion de obligaciones

Regula la amortizacion (reembolso) de las obligaciones conforme al calendario establecido en el acta de emision.

amortizacionobligacionessorteo
Art.
216

Artículo 216. Incumplimiento del emisor de obligaciones

Regula las consecuencias del incumplimiento de la sociedad emisora en el pago de obligaciones.

incumplimientovencimiento-anticipadoejecucion-garantias
Art.
217

Artículo 217. Prescripcion de acciones en obligaciones

Establece los plazos de prescripcion para las acciones derivadas de obligaciones (bonos).

prescripcionobligacionescinco-anos
Art.
218

Artículo 218. Obligaciones subordinadas

Regula las obligaciones subordinadas, cuyo pago esta supeditado al pago previo de otros acreedores del emisor.

obligaciones-subordinadassubordinacionprelacion
Art.
219

Artículo 219. Emision de obligaciones por entidades financieras

Regula las particularidades de la emision de obligaciones por instituciones de credito y entidades financieras.

obligacionesentidades-financierasinstituciones-credito
Art.
220

Artículo 220. Registro de obligaciones

Establece los requisitos de inscripcion y registro de las obligaciones emitidas.

registroobligacionesinscripcion
Art.
221

Artículo 221. Cupones de obligaciones

Regula los cupones adheridos a las obligaciones para el cobro periodico de intereses.

cuponesobligacionesintereses
Art.
222

Artículo 222. Obligaciones en moneda extranjera

Regula la emision de obligaciones denominadas en moneda extranjera y las reglas de pago.

obligacionesmoneda-extranjeratipo-de-cambio
Art.
223

Artículo 223. Cancelacion de obligaciones

Regula la cancelacion y destruccion de los titulos de obligaciones una vez amortizados.

cancelaciondestruccionamortizacion
Art.
224

Artículo 224. Derechos de los obligacionistas en el concurso

Regula los derechos de los tenedores de obligaciones en caso de concurso mercantil del emisor.

concurso-mercantilobligacionistasacreedores
Art.
225

Artículo 225. Obligaciones indizadas

Regula las obligaciones cuyo valor se ajusta conforme a un indice de referencia para proteger a los tenedores contra la inflacion.

obligaciones-indizadasindice-referenciaUDIs
Art.
226

Artículo 226. Modificacion del acta de emision

Regula el procedimiento para modificar el acta de emision de las obligaciones.

modificacionacta-emisionasamblea-obligacionistas
Art.
227

Artículo 227. Responsabilidad del representante comun

Establece la responsabilidad del representante comun de los obligacionistas por incumplimiento de sus deberes.

responsabilidadrepresentante-comunnegligencia
Art.
228

Artículo 228. Disposiciones finales del capitulo de obligaciones

Contiene disposiciones finales sobre las obligaciones, remitiendose a la legislacion del mercado de valores para lo no previsto.

disposiciones-finalesobligacionesmercado-valores
Art.
229

Artículo 229. Operaciones de credito - disposiciones generales

Inicia el Titulo II sobre Operaciones de Credito, estableciendo las disposiciones generales aplicables a todas las operaciones reguladas en este titulo.

operaciones-de-creditodisposiciones-generalesnaturaleza-mercantil
Art.
230

Artículo 230. Forma de las operaciones de credito

Establece los requisitos de forma para las operaciones de credito, incluyendo la necesidad de escritura publica en ciertos casos.

formaoperaciones-creditoescritura-publica
Art.
231

Artículo 231. Plazo en las operaciones de credito

Establece reglas sobre el plazo en las operaciones de credito cuando las partes no lo han convenido.

plazooperaciones-creditotreinta-dias
Art.
232

Artículo 232. Intereses en operaciones de credito

Regula los intereses en las operaciones de credito, estableciendo la libertad de pacto y las limitaciones.

interesesoperaciones-creditotasa-libre
Art.
233

Artículo 233. Capitalizacion de intereses (anatocismo)

Regula la capitalizacion de intereses o anatocismo en las operaciones de credito mercantil.

anatocismocapitalizacionintereses
Art.
234

Artículo 234. Prescripcion en operaciones de credito

Establece las reglas de prescripcion aplicables a las acciones derivadas de operaciones de credito.

prescripcionoperaciones-creditoplazos
Art.
235

Artículo 235. Nulidad de clausulas abusivas

Establece la nulidad de clausulas que impongan condiciones excesivamente onerosas o abusivas en operaciones de credito.

nulidadclausulas-abusivasderechos-deudor
Art.
236

Artículo 236. Solidaridad en operaciones de credito

Regula la solidaridad entre deudores en operaciones de credito cuando existen varios obligados.

solidaridaddeudoresobligacion-solidaria
Art.
237

Artículo 237. Garantias en operaciones de credito

Regula las garantias que pueden constituirse para respaldar las operaciones de credito.

garantiasprendahipoteca
Art.
238

Artículo 238. Ejecucion de garantias en operaciones de credito

Regula el procedimiento de ejecucion de garantias constituidas en operaciones de credito.

ejecuciongarantiasincumplimiento
Art.
239

Artículo 239. Vencimiento anticipado por incumplimiento

Regula la clausula de vencimiento anticipado en operaciones de credito por incumplimiento del deudor.

vencimiento-anticipadoincumplimientoclausula
Art.
240

Artículo 240. Cesion de creditos en operaciones mercantiles

Regula la cesion de creditos derivados de operaciones de credito mercantiles.

cesion-creditosacreedornotificacion
Art.
241

Artículo 241. Subrogacion en operaciones de credito

Regula la subrogacion legal y convencional en las operaciones de credito.

subrogacionpago-por-terceroderechos-acreedor
Art.
242

Artículo 242. Compensacion en operaciones de credito

Regula la compensacion como forma de extincion de las obligaciones en operaciones de credito.

compensacionextincionobligaciones-reciprocas
Art.
243

Artículo 243. Novacion en operaciones de credito

Regula la novacion como forma de extincion de obligaciones derivadas de operaciones de credito.

novacionextincionobligacion-nueva
Art.
244

Artículo 244. Prescripcion de obligaciones en operaciones de credito

Complementa las reglas de prescripcion para obligaciones derivadas de operaciones de credito especificas.

prescripcionobligacionesplazos
Art.
245

Artículo 245. Registro de operaciones de credito

Establece los requisitos de inscripcion y registro de ciertas operaciones de credito.

registrooperaciones-creditoregistro-publico-comercio
Art.
246

Artículo 246. Operaciones de credito y concurso mercantil

Regula el tratamiento de las operaciones de credito vigentes cuando el deudor entra en concurso mercantil.

concurso-mercantiloperaciones-creditovencimiento-anticipado
Art.
247

Artículo 247. Intervencion del Banco de Mexico en operaciones de credito

Establece la facultad del Banco de Mexico para regular aspectos de las operaciones de credito.

banco-de-mexicoregulaciontasas-interes
Art.
248

Artículo 248. Operaciones de credito internacionales

Regula las operaciones de credito celebradas con elementos internacionales.

operaciones-internacionalesconflicto-leyesautonomia-voluntad
Art.
249

Artículo 249. Documentacion de operaciones de credito

Establece los requisitos de documentacion aplicables a las operaciones de credito.

documentacioncontratospagares
Art.
250

Artículo 250. Interpretacion de operaciones de credito

Establece las reglas de interpretacion aplicables a los contratos de operaciones de credito.

interpretacioncontratosvoluntad-partes
Art.
251

Artículo 251. Obligaciones accesorias en operaciones de credito

Regula las obligaciones accesorias que pueden derivarse de las operaciones de credito.

obligaciones-accesoriasgarantiasinformacion-financiera
Art.
252

Artículo 252. Derecho de retencion en operaciones de credito

Regula el derecho de retencion que asiste al acreedor sobre bienes del deudor en su posesion.

derecho-retencionbienesacreedor
Art.
253

Artículo 253. Comisiones en operaciones de credito

Regula las comisiones que pueden pactarse en las operaciones de credito.

comisionesaperturaadministracion
Art.
254

Artículo 254. Extincion de operaciones de credito

Enumera las causas de extincion de las operaciones de credito.

extincionpagonovacion
Art.
255

Artículo 255. Rescision de operaciones de credito

Regula la rescision de las operaciones de credito por incumplimiento de alguna de las partes.

rescisionincumplimientonotificacion
Art.
256

Artículo 256. Confidencialidad en operaciones de credito

Establece la obligacion de confidencialidad respecto de la informacion obtenida en operaciones de credito.

confidencialidadinformacion-financierasecreto-bancario
Art.
257

Artículo 257. Operaciones de credito y personas morales

Regula las particularidades de las operaciones de credito celebradas por personas morales.

personas-moralesrepresentantespoderes
Art.
258

Artículo 258. Operaciones de credito y regimen fiscal

Establece que las operaciones de credito tienen consecuencias fiscales que deben observarse conforme a las leyes tributarias.

regimen-fiscalISRIVA
Art.
259

Artículo 259. Del reporto - definicion

Define el reporto como la operacion por la cual el reportador adquiere la propiedad de titulos de credito y se obliga a transferir al reportado la propiedad de otros tantos titulos de la misma especie.

reportoreportadorreportado
Art.
260

Artículo 260. Forma del reporto

Establece los requisitos de forma del contrato de reporto.

reportoformacontrato
Art.
261

Artículo 261. Plazo del reporto

Establece el plazo maximo del contrato de reporto y las reglas de prorroga.

reportoplazoprorroga
Art.
262

Artículo 262. Derechos del reportador sobre los titulos

Regula los derechos del reportador sobre los titulos recibidos en reporto.

reportadorpropiedadtitulos
Art.
263

Artículo 263. Obligaciones al vencimiento del reporto

Detalla las obligaciones de las partes al vencimiento del plazo del reporto.

reportovencimientoobligaciones
Art.
264

Artículo 264. Reporto y dividendos

Regula el tratamiento de los dividendos e intereses generados por los titulos durante la vigencia del reporto.

reportodividendosintereses
Art.
265

Artículo 265. Incumplimiento en el reporto

Regula las consecuencias del incumplimiento de las partes en el contrato de reporto.

incumplimientoreportodanos-perjuicios
Art.
266

Artículo 266. Disposiciones supletorias del reporto

Establece las disposiciones supletorias aplicables al reporto.

reportosupletoriedadmercado-valores
Art.
267

Artículo 267. Del deposito bancario - definicion

Define el deposito bancario de dinero como la operacion por la cual el depositante transfiere la propiedad del dinero a la institucion de credito depositaria.

deposito-bancariodeposito-irregularpropiedad
Art.
268

Artículo 268. Deposito bancario de titulos

Regula el deposito bancario de titulos de credito, distinguiendolo del deposito de dinero.

deposito-titulosdeposito-regulardeposito-irregular
Art.
269

Artículo 269. Obligaciones del banco depositario

Detalla las obligaciones de la institucion de credito en relacion con los depositos bancarios.

banco-depositarioobligacionesrestitucion
Art.
270

Artículo 270. Deposito a plazo fijo

Regula el deposito bancario a plazo fijo, estableciendo las condiciones de vencimiento y pago de intereses.

deposito-plazo-fijovencimientointereses
Art.
271

Artículo 271. Deposito a la vista

Regula el deposito bancario a la vista, que permite retiros por el depositante en cualquier momento.

deposito-a-la-vistaretirocheque
Art.
272

Artículo 272. Intereses en depositos bancarios

Regula el pago de intereses en los depositos bancarios, incluyendo tasas y periodicidad.

interesestasasdeposito-bancario
Art.
273

Artículo 273. Deposito bancario y proteccion del IPAB

Establece la referencia a la proteccion que el IPAB otorga a los depositos bancarios.

IPABprotecciondepositos
Art.
274

Artículo 274. Deposito en caja de seguridad

Regula el contrato de deposito en caja de seguridad proporcionado por las instituciones de credito.

caja-seguridadcustodiaarrendamiento
Art.
275

Artículo 275. Deposito bancario y secreto bancario

Reitera la obligacion del secreto bancario en relacion con la informacion de los depositos.

secreto-bancarioconfidencialidadexcepciones
Art.
276

Artículo 276. Prescripcion de depositos bancarios

Establece las reglas de prescripcion aplicables a los depositos bancarios no reclamados.

prescripciondepositos-no-reclamadosbienes-vacantes
Art.
277

Artículo 277. Deposito de ahorro

Regula el deposito de ahorro como modalidad especial del deposito bancario orientado a la captacion de recursos de personas fisicas.

deposito-ahorrolibreta-ahorropersonas-fisicas
Art.
278

Artículo 278. Disposiciones finales del deposito bancario

Contiene disposiciones finales del capitulo sobre deposito bancario, remitiendose a la legislacion bancaria.

disposiciones-finalesdeposito-bancariolegislacion-bancaria
Art.
279

Artículo 279. Deposito de mercancias en almacenes generales

Regula el deposito de mercancias en almacenes generales de deposito, instituciones auxiliares del credito.

almacenes-depositocertificado-depositobono-prenda
Art.
280

Artículo 280. Certificado de deposito y bono de prenda

Define los certificados de deposito y bonos de prenda como titulos de credito emitidos por almacenes generales.

certificado-depositobono-prendatitulos-credito
Art.
281

Artículo 281. Requisitos del certificado de deposito

Enumera los requisitos que debe contener el certificado de deposito.

certificado-depositorequisitosalmacen
Art.
282

Artículo 282. Requisitos del bono de prenda

Enumera los requisitos que debe contener el bono de prenda.

bono-prendarequisitoscredito
Art.
283

Artículo 283. Transmision del certificado y bono de prenda

Regula la transmision de los certificados de deposito y bonos de prenda por endoso.

transmisionendosocertificado-deposito
Art.
284

Artículo 284. Derechos del tenedor del certificado

Establece los derechos del tenedor del certificado de deposito sobre las mercancias depositadas.

tenedorcertificado-depositoderechos
Art.
285

Artículo 285. Obligaciones del almacen general

Detalla las obligaciones del almacen general de deposito respecto de las mercancias depositadas.

almacenobligacionescustodia
Art.
286

Artículo 286. Venta de mercancias en deposito

Regula la venta forzosa de mercancias depositadas cuando no se paga el bono de prenda.

venta-forzosamercanciasbono-prenda
Art.
287

Artículo 287. Prescripcion de acciones del certificado y bono

Establece los plazos de prescripcion para las acciones derivadas de certificados de deposito y bonos de prenda.

prescripcioncertificado-depositobono-prenda
Art.
288

Artículo 288. Disposiciones especiales de almacenes

Establece disposiciones especiales aplicables a los almacenes generales de deposito.

almacenesorganizaciones-auxiliaresregulacion
Art.
289

Artículo 289. Deposito de bienes fungibles

Regula el deposito de bienes fungibles (granos, minerales) en almacenes generales.

bienes-fungiblesmezclarestitucion
Art.
290

Artículo 290. Transporte de mercancias depositadas

Regula las condiciones bajo las cuales el almacen puede transportar las mercancias depositadas.

transportemercanciasautorizacion
Art.
291

Artículo 291. De la apertura de credito - definicion

Define la apertura de credito como el contrato por el cual el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposicion del acreditado.

apertura-creditoacreditanteacreditado
Art.
292

Artículo 292. Disposiciones del credito

Regula las formas en que el acreditado puede disponer del credito otorgado.

disposicioncreditoretiro
Art.
293

Artículo 293. Reembolso del credito

Regula las condiciones de reembolso del credito dispuesto por el acreditado.

reembolsocreditointereses
Art.
294

Artículo 294. Credito en cuenta corriente (revolvente)

Regula el credito en cuenta corriente o revolvente, que permite disposiciones y reembolsos repetidos.

credito-revolventecuenta-corrientedisposiciones
Art.
295

Artículo 295. Plazo de la apertura de credito

Establece las reglas sobre el plazo de la apertura de credito cuando las partes no lo han fijado.

plazoapertura-creditodenuncia
Art.
296

Artículo 296. Garantias en la apertura de credito

Regula las garantias que pueden constituirse en relacion con la apertura de credito.

garantiasapertura-creditoprenda
Art.
297

Artículo 297. Extincion de la apertura de credito

Enumera las causas de extincion del contrato de apertura de credito.

extincionapertura-creditovencimiento
Art.
298

Artículo 298. Responsabilidad del acreditante

Establece la responsabilidad del acreditante por la suspension o cancelacion injustificada del credito.

responsabilidadacreditantesuspension
Art.
299

Artículo 299. Comisiones en la apertura de credito

Regula las comisiones que el acreditante puede cobrar en la apertura de credito.

comisionesapertura-creditoapertura
Art.
300

Artículo 300. Apertura de credito confirmada

Regula la apertura de credito confirmada por un tercero, generalmente otra institucion de credito.

credito-confirmadoconfirmaciontercero
Art.
301

Artículo 301. Disposiciones finales de la apertura de credito

Contiene disposiciones finales del capitulo sobre apertura de credito, remitiendose a la legislacion bancaria.

disposiciones-finalesapertura-creditosupletoriedad
Art.
302

Artículo 302. De la carta de credito - definicion

Define la carta de credito como el documento por el cual el dador se dirige a un destinatario obligandose a pagar al beneficiario una suma de dinero.

carta-creditodadorbeneficiario
Art.
303

Artículo 303. Tipos de carta de credito

Clasifica las cartas de credito en revocables e irrevocables, y en confirmadas y no confirmadas.

carta-creditorevocableirrevocable
Art.
304

Artículo 304. Requisitos de la carta de credito

Establece los requisitos que debe contener la carta de credito para su validez.

carta-creditorequisitosmonto
Art.
305

Artículo 305. Obligaciones del dador de la carta

Establece las obligaciones del dador de la carta de credito frente al beneficiario y al destinatario.

dadorobligacionespago
Art.
306

Artículo 306. Derechos del beneficiario de la carta

Establece los derechos del beneficiario de la carta de credito.

beneficiarioderechoscobro
Art.
307

Artículo 307. Presentacion de documentos en la carta de credito

Regula la obligacion del beneficiario de presentar los documentos requeridos para cobrar la carta de credito.

documentospresentacionfactura
Art.
308

Artículo 308. Revision de documentos por el banco

Establece la obligacion del banco de revisar los documentos presentados conforme a los terminos de la carta.

revisiondocumentosbanco
Art.
309

Artículo 309. Plazo de vigencia de la carta de credito

Establece las reglas sobre el plazo de vigencia de la carta de credito y sus consecuencias.

plazovigenciacarta-credito
Art.
310

Artículo 310. Carta de credito transferible

Regula la carta de credito que puede ser transferida por el beneficiario a un tercero.

carta-transferiblecesionbeneficiario
Art.
311

Artículo 311. Carta de credito stand-by

Regula las cartas de credito stand-by, utilizadas como garantia de cumplimiento de obligaciones.

carta-stand-bygarantiaincumplimiento
Art.
312

Artículo 312. Independencia de la carta de credito

Establece el principio de independencia de la carta de credito respecto de la relacion comercial subyacente.

independenciacarta-creditocontrato-subyacente
Art.
313

Artículo 313. Disposiciones internacionales sobre cartas de credito

Referencia a las reglas internacionales que complementan la regulacion de las cartas de credito.

reglas-internacionalesUCPICC
Art.
314

Artículo 314. Responsabilidad del banco en cartas de credito

Establece la responsabilidad del banco intermediario en operaciones de carta de credito.

responsabilidad-bancariaverificaciondiligencia
Art.
315

Artículo 315. Extincion de la carta de credito

Enumera las causas de extincion de la carta de credito.

extincioncarta-creditovencimiento
Art.
316

Artículo 316. Disposiciones finales de cartas de credito

Contiene disposiciones finales del capitulo sobre cartas de credito.

disposiciones-finalescarta-creditopracticas-internacionales
Art.
317

Artículo 317. Carta de credito y fraude

Regula los casos de fraude en la presentacion de documentos para cobro de cartas de credito.

fraudecarta-creditorechazo
Art.
318

Artículo 318. Prescripcion de acciones en cartas de credito

Establece los plazos de prescripcion para acciones derivadas de cartas de credito.

prescripcioncarta-creditotres-anos
Art.
319

Artículo 319. Cartas de credito electronicas

Reconoce la validez de las cartas de credito emitidas por medios electronicos.

cartas-electronicasmedios-electronicosfirma-electronica
Art.
320

Artículo 320. Cierre del capitulo de cartas de credito

Articulo final del capitulo de cartas de credito, estableciendo la transicion al capitulo de creditos de habilitacion.

disposiciones-finalescarta-creditocomercio-exterior
Art.
321

Artículo 321. Del credito de habilitacion o avio - definicion

Define el credito de habilitacion o avio como aquel destinado a la adquisicion de materias primas, materiales y pago de jornales para la produccion.

credito-aviohabilitacioncapital-trabajo
Art.
322

Artículo 322. Forma del contrato de avio

Establece los requisitos de forma del contrato de credito de habilitacion o avio.

credito-aviocontratoforma
Art.
323

Artículo 323. Garantias del credito de avio

Detalla las garantias naturales y adicionales del credito de habilitacion o avio.

credito-aviogarantiasgarantia-natural
Art.
324

Artículo 324. Prelacion del credito de avio

Establece la prelacion (preferencia) del credito de avio sobre otros acreedores del deudor.

prelacionpreferenciacredito-avio
Art.
325

Artículo 325. Supervision del destino del credito de avio

Establece el derecho del acreditante de supervisar que el credito de avio se destine a los fines pactados.

supervisiondestinocredito-avio
Art.
326

Artículo 326. Disposiciones complementarias del credito de avio

Contiene disposiciones complementarias del credito de habilitacion o avio.

credito-aviodisposiciones-complementariasplazo-maximo
Art.
327

Artículo 327. Del credito refaccionario - definicion

Define el credito refaccionario como aquel destinado a la adquisicion de activos fijos: maquinaria, inmuebles, instalaciones y plantaciones para la empresa.

credito-refaccionarioactivos-fijosmaquinaria
Art.
328

Artículo 328. Forma del contrato refaccionario

Establece los requisitos de forma del contrato de credito refaccionario.

credito-refaccionariocontratoforma
Art.
329

Artículo 329. Garantias del credito refaccionario

Detalla las garantias naturales y adicionales del credito refaccionario.

credito-refaccionariogarantiashipoteca
Art.
330

Artículo 330. Prelacion del credito refaccionario

Establece la prelacion del credito refaccionario sobre otros acreedores.

prelacioncredito-refaccionariopreferencia
Art.
331

Artículo 331. Plazo del credito refaccionario

Establece los plazos maximos del credito refaccionario segun el tipo de bienes financiados.

credito-refaccionarioplazoamortizacion
Art.
332

Artículo 332. Supervision del credito refaccionario

Establece el derecho del acreditante a supervisar la inversion del credito refaccionario.

supervisioncredito-refaccionarioinspeccion
Art.
333

Artículo 333. Disposiciones complementarias del credito refaccionario

Contiene disposiciones complementarias y de cierre del capitulo sobre credito refaccionario.

credito-refaccionariodisposiciones-complementariassupletoriedad
Art.
334

Artículo 334. Del fideicomiso - definicion

Define el fideicomiso como el acto por el cual el fideicomitente transmite bienes a una institucion fiduciaria para que los destine a fines licitos y determinados en beneficio del fideicomisario.

fideicomisofideicomitentefiduciario
Art.
335

Artículo 335. Forma del fideicomiso

Establece los requisitos de forma para la constitucion del fideicomiso.

fideicomisoformacontrato
Art.
336

Artículo 336. El fideicomitente

Regula la capacidad y derechos del fideicomitente en el fideicomiso.

fideicomitentecapacidadderechos
Art.
337

Artículo 337. El fiduciario

Regula la capacidad, funciones y obligaciones del fiduciario en el fideicomiso.

fiduciarioinstituciones-autorizadasobligaciones
Art.
338

Artículo 338. El fideicomisario

Regula los derechos y capacidad del fideicomisario, beneficiario del fideicomiso.

fideicomisariobeneficiarioderechos
Art.
339

Artículo 339. Patrimonio fideicomitido

Regula la naturaleza y proteccion del patrimonio autonomo del fideicomiso.

patrimonio-fideicomitidoautonomiainembargabilidad
Art.
340

Artículo 340. Prohibiciones del fideicomiso

Establece las prohibiciones legales respecto del fideicomiso, incluyendo fideicomisos secretos y de duracion ilimitada.

prohibicionesfideicomisosecretos
Art.
341

Artículo 341. Fideicomiso de garantia

Regula el fideicomiso de garantia, en el que se transmiten bienes al fiduciario para garantizar el cumplimiento de una obligacion.

fideicomiso-garantiagarantiaacreedor
Art.
342

Artículo 342. Fideicomiso de administracion

Regula el fideicomiso de administracion, destinado a la gestion y administracion de bienes por el fiduciario.

fideicomiso-administraciongestionadministracion
Art.
343

Artículo 343. Responsabilidad del fiduciario

Establece la responsabilidad del fiduciario por incumplimiento de sus deberes fiduciarios.

responsabilidadfiduciarioincumplimiento
Art.
344

Artículo 344. Sustitucion del fiduciario

Regula los supuestos y procedimiento para sustituir al fiduciario en el fideicomiso.

sustitucionfiduciariorenuncia
Art.
345

Artículo 345. Comite tecnico del fideicomiso

Regula la figura del comite tecnico como organo auxiliar del fiduciario en la toma de decisiones.

comite-tecnicofideicomisoinstrucciones
Art.
346

Artículo 346. Fideicomiso testamentario

Regula el fideicomiso constituido por testamento, que surte efectos a la muerte del fideicomitente.

fideicomiso-testamentariotestamentosucesion
Art.
347

Artículo 347. Fideicomiso irrevocable

Regula el fideicomiso irrevocable, que no puede ser modificado ni revocado por el fideicomitente una vez constituido.

fideicomiso-irrevocablerenunciarevocacion
Art.
348

Artículo 348. Fideicomiso y bienes inmuebles

Regula las particularidades del fideicomiso cuando involucra bienes inmuebles.

fideicomiso-inmueblesescritura-publicaregistro
Art.
349

Artículo 349. Rendicion de cuentas del fiduciario

Establece la obligacion del fiduciario de rendir cuentas periodicamente sobre la administracion del fideicomiso.

rendicion-cuentasfiduciarioinformacion
Art.
350

Artículo 350. Honorarios del fiduciario

Regula los honorarios que el fiduciario tiene derecho a cobrar por la administracion del fideicomiso.

honorariosfiduciarioadministracion
Art.
351

Artículo 351. Fideicomiso de inversion

Regula el fideicomiso constituido con fines de inversion, incluyendo los fideicomisos de inversion en bienes raices (FIBRAS).

fideicomiso-inversionFIBRASCKDs
Art.
352

Artículo 352. Extincion del fideicomiso

Enumera las causas de extincion del fideicomiso: cumplimiento de fines, imposibilidad, vencimiento del plazo, revocacion, acuerdo de partes y otras.

extincionfideicomisocausas
Art.
353

Artículo 353. Fideicomiso y concurso mercantil

Regula el tratamiento del fideicomiso en caso de concurso mercantil del fideicomitente o del fiduciario.

fideicomisoconcurso-mercantilpatrimonio-autonomo
Art.
354

Artículo 354. Fideicomiso publico

Regula los fideicomisos constituidos por entidades de la administracion publica federal.

fideicomiso-publicogobiernoSHCP
Art.
355

Artículo 355. Duracion maxima del fideicomiso

Establece el limite de duracion de los fideicomisos y las excepciones a dicho limite.

duracion-maximacincuenta-anosexcepciones
Art.
356

Artículo 356. Fideicomiso y regimen fiscal

Establece la referencia al tratamiento fiscal de los fideicomisos conforme a las leyes tributarias.

fideicomisoregimen-fiscalISR
Art.
357

Artículo 357. Accion de nulidad del fideicomiso

Regula la accion de nulidad del fideicomiso por vicios en su constitucion o por fines ilicitos.

nulidadfideicomisofines-ilicitos
Art.
358

Artículo 358. Prescripcion de acciones en el fideicomiso

Establece los plazos de prescripcion para las acciones derivadas del fideicomiso.

prescripcionfideicomisocinco-anos
Art.
359

Artículo 359. Disposiciones finales del fideicomiso

Contiene disposiciones finales del capitulo sobre el fideicomiso.

disposiciones-finalesfideicomisosupletoriedad
Art.
360

Artículo 360. De la prenda - definicion

Define la prenda mercantil como el contrato por el cual el deudor o un tercero entrega un bien mueble al acreedor en garantia de una obligacion.

prendagarantia-realbienes-muebles
Art.
361

Artículo 361. Bienes prendables

Establece los bienes que pueden ser objeto de prenda mercantil.

bienes-prendablesbienes-mueblestitulos-credito
Art.
362

Artículo 362. Forma de la prenda

Establece los requisitos de forma para la constitucion de la prenda mercantil.

formaprendacontrato
Art.
363

Artículo 363. Derechos del acreedor prendario

Establece los derechos del acreedor que tiene un bien en prenda.

acreedor-prendarioderechosretencion
Art.
364

Artículo 364. Obligaciones del acreedor prendario

Establece las obligaciones del acreedor respecto de los bienes recibidos en prenda.

acreedor-prendarioobligacionesconservacion
Art.
365

Artículo 365. Ejecucion de la prenda

Regula el procedimiento de ejecucion de la prenda en caso de incumplimiento del deudor.

ejecucionprendaventa-judicial
Art.
366

Artículo 366. Prenda sin desplazamiento

Regula la prenda sin transmision de posesion, en la que el bien permanece en poder del deudor.

prenda-sin-desplazamientoposesionregistro
Art.
367

Artículo 367. Prenda sobre titulos de credito

Regula las particularidades de la prenda constituida sobre titulos de credito.

prenda-titulosendoso-garantiadeposito
Art.
368

Artículo 368. Extincion de la prenda

Enumera las causas de extincion de la prenda mercantil.

extincionprendapago
Art.
369

Artículo 369. Disposiciones supletorias de la prenda

Establece las disposiciones supletorias aplicables a la prenda mercantil.

prendasupletoriedadcodigo-civil
Art.
370

Artículo 370. Prenda y concurso mercantil

Regula el tratamiento de la prenda en caso de concurso mercantil del deudor.

prendaconcurso-mercantilpago-preferente
Art.
371

Artículo 371. Prenda y seguros

Regula la obligacion de asegurar el bien prendado y los derechos del acreedor sobre la poliza de seguro.

prendasegurosindemnizacion
Art.
372

Artículo 372. Prenda flotante

Regula la prenda flotante o de empresa, que recae sobre el inventario rotativo del negocio.

prenda-flotanteinventariosbienes-fungibles
Art.
373

Artículo 373. Prescripcion de acciones en la prenda

Establece los plazos de prescripcion para las acciones derivadas de la prenda.

prescripcionprendaaccesoriedad
Art.
374

Artículo 374. Disposiciones finales sobre la prenda

Contiene disposiciones finales del capitulo sobre la prenda mercantil.

disposiciones-finalesprendalegislacion-comercial
Art.
375

Artículo 375. Prenda sobre creditos

Regula la constitucion de prenda sobre derechos de credito.

prenda-creditoscesion-garantianotificacion
Art.
376

Artículo 376. Prenda sobre depositos bancarios

Regula la constitucion de prenda sobre depositos bancarios.

prenda-depositosdepositos-bancariosretencion
Art.
377

Artículo 377. Subasta del bien prendado

Regula el procedimiento de subasta publica para la venta del bien prendado.

subastaventa-judicialbien-prendado
Art.
378

Artículo 378. Derecho de retencion del acreedor prendario

Reitera el derecho del acreedor prendario a retener el bien hasta el pago integro de la obligacion.

derecho-retencionacreedor-prendariopago-integro
Art.
379

Artículo 379. Prenda y tercero depositario

Regula la posibilidad de constituir la prenda depositando el bien en poder de un tercero.

tercero-depositariocustodiaconservacion
Art.
380

Artículo 380. Cierre del capitulo de la prenda

Articulo final del capitulo de la prenda, dando paso al Titulo III sobre procedimientos.

disposiciones-finalesprendacierre-capitulo
Art.
381

Artículo 381. Del procedimiento ejecutivo mercantil

Establece las reglas del procedimiento ejecutivo mercantil aplicable a las acciones derivadas de titulos de credito y operaciones de credito.

juicio-ejecutivoprocedimiento-mercantiltitulo-ejecutivo
Art.
382

Artículo 382. Excepciones en el juicio ejecutivo mercantil

Enumera las excepciones que pueden oponerse en el juicio ejecutivo mercantil derivado de titulos de credito.

excepcionesjuicio-ejecutivoincompetencia
Art.
383

Artículo 383. Ejecucion de sentencia en juicio mercantil

Regula la ejecucion de la sentencia dictada en el juicio ejecutivo mercantil.

ejecucion-sentenciarematesubasta
Art.
384

Artículo 384. Embargo en juicio ejecutivo

Detalla las reglas del embargo en el juicio ejecutivo mercantil.

embargobienesdeposito
Art.
385

Artículo 385. Bienes inembargables

Establece los bienes que no pueden ser embargados en el juicio ejecutivo mercantil.

bienes-inembargablespatrimonio-familiainstrumentos-trabajo
Art.
386

Artículo 386. Terceria en el juicio ejecutivo

Regula la intervencion de terceros en el juicio ejecutivo mercantil.

terceriaexcluyentepreferencia
Art.
387

Artículo 387. Recursos en el juicio ejecutivo

Regula los recursos que pueden interponerse en el juicio ejecutivo mercantil.

recursosapelacionrevocacion
Art.
388

Artículo 388. Competencia en juicios mercantiles de titulos

Establece las reglas de competencia para los juicios derivados de titulos de credito.

competencialugar-de-pagodomicilio
Art.
389

Artículo 389. Plazo para contestar la demanda ejecutiva

Establece el plazo que tiene el demandado para contestar la demanda en el juicio ejecutivo mercantil.

plazo-contestacioncinco-diasdemanda-ejecutiva
Art.
390

Artículo 390. Pruebas en el juicio ejecutivo

Regula las pruebas admisibles en el juicio ejecutivo mercantil.

pruebasjuicio-ejecutivodocumentales
Art.
391

Artículo 391. Sentencia en el juicio ejecutivo

Regula el contenido y efectos de la sentencia dictada en el juicio ejecutivo mercantil.

sentenciajuicio-ejecutivocondena
Art.
392

Artículo 392. Liquidacion de la sentencia

Regula la liquidacion de la sentencia ejecutiva, determinando los montos exactos a pagar.

liquidacionsentenciacapital
Art.
393

Artículo 393. Supletoriedad del Codigo de Comercio

Establece que en lo no previsto por esta ley, los procedimientos se rigen por el Codigo de Comercio.

supletoriedadcodigo-comercioprocedimientos
Art.
394

Artículo 394. Medidas precautorias en juicios de titulos

Regula las medidas precautorias que pueden decretarse en los juicios derivados de titulos de credito.

medidas-precautoriasembargo-preventivosecuestro
Art.
395

Artículo 395. Notificaciones en procedimientos mercantiles

Regula las formas de notificacion en los procedimientos derivados de titulos de credito.

notificacionesprocedimientopersonal
Art.
396

Artículo 396. Plazos procesales en juicios mercantiles

Establece las reglas generales sobre computo de plazos procesales en juicios de titulos de credito.

plazos-procesalesdias-habilescomputo
Art.
397

Artículo 397. Costas en juicios de titulos de credito

Regula la condena en costas en los juicios derivados de titulos de credito.

costasvencidohonorarios
Art.
398

Artículo 398. Acumulacion de juicios

Regula la acumulacion de juicios derivados del mismo titulo de credito o de titulos conexos.

acumulacionjuiciosconexidad
Art.
399

Artículo 399. Arbitraje en materia de titulos de credito

Reitera la posibilidad de someter a arbitraje las controversias derivadas de titulos de credito.

arbitrajeconvenio-arbitralcontroversias
Art.
400

Artículo 400. Medios electronicos en procedimientos

Reconoce la validez de medios electronicos en los procedimientos derivados de titulos de credito.

medios-electronicosexpediente-digitalfirma-electronica
Art.
401

Artículo 401. Ejecucion de sentencias extranjeras

Regula la ejecucion en Mexico de sentencias extranjeras en materia de titulos de credito.

sentencias-extranjerascooperacion-internacionalejecucion
Art.
402

Artículo 402. Disposiciones transitorias del procedimiento

Establece disposiciones transitorias para los procedimientos en curso al momento de reformas.

disposiciones-transitoriasprocedimientos-en-cursoreformas
Art.
403

Artículo 403. Accion de cancelacion y reposicion de titulos

Regula el procedimiento de cancelacion y reposicion judicial de titulos de credito extraviados o destruidos.

cancelacionreposicionprocedimiento-judicial
Art.
404

Artículo 404. Procedimiento de protesto

Complementa las reglas del protesto establecidas en el Titulo Preliminar.

protestoprocedimientolegislacion-notarial
Art.
405

Artículo 405. Sanciones por incumplimiento de fedatarios

Establece las sanciones aplicables a notarios y corredores que incumplan sus obligaciones en materia de titulos de credito.

sancionesfedatariosnotarios
Art.
406

Artículo 406. Vigencia de la ley

Establece la fecha de entrada en vigor de la LGTOC y las disposiciones derogatorias.

vigenciaentrada-vigorderogaciones
Art.
407

Artículo 407. Disposiciones finales generales

Contiene las disposiciones finales generales de la LGTOC, incluyendo reglas de interpretacion y aplicacion de la ley.

disposiciones-finalesprincipios-generalesinterpretacion

¿Dudas sobre algún artículo del LGTOC?

Nuestros especialistas pueden analizar la aplicación de estas disposiciones a tu caso particular.

Consulta Sin Costo