LGTOC

Artículo 356. Fideicomiso y regimen fiscal

Establece la referencia al tratamiento fiscal de los fideicomisos conforme a las leyes tributarias.

fideicomisoregimen-fiscalISRIVAFIBRAStributacion

Texto Legal

Articulo 356 — Regimen Fiscal del Fideicomiso

Los fideicomisos tienen implicaciones fiscales que se rigen por la legislacion tributaria aplicable.

Aspectos fiscales

1. ISR: Los ingresos del fideicomiso pueden ser gravados conforme a la LISR
2. IVA: Las operaciones del fideicomiso pueden causar IVA
3. ISAI: La transmision de inmuebles al fideicomiso puede generar el impuesto sobre adquisicion de inmuebles
4. Las FIBRAS tienen un regimen fiscal especial

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El tratamiento fiscal del fideicomiso es complejo y requiere asesoria especializada. Segun el tipo de fideicomiso, los ingresos pueden gravarse al fideicomisario, al fideicomitente o al propio fideicomiso. Las FIBRAS gozan de un regimen fiscal especial que difiere los impuestos. La transmision de inmuebles al fideicomiso puede generar ISAI, aunque existen exenciones en fideicomisos de garantia y traslativas de dominio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 356 del LGTOC?

Establece la referencia al tratamiento fiscal de los fideicomisos conforme a las leyes tributarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 356 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: El tratamiento fiscal del fideicomiso es complejo y requiere asesoria especializada. Segun el tipo de fideicomiso, los ingresos pueden gravarse al fideicomisario, al fideicomitente o al propio fideicomiso. Las FIBRAS gozan de un regimen fiscal especial que difiere los impuestos. La transmision de inmuebles al fideicomiso puede generar ISAI, aunque existen exenciones en fideicomisos de garantia y traslativas de dominio.

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