LGTOC

Artículo 258. Operaciones de credito y regimen fiscal

Establece que las operaciones de credito tienen consecuencias fiscales que deben observarse conforme a las leyes tributarias.

regimen-fiscalISRIVAinteresesoperaciones-credito

Texto Legal

Articulo 258 — Regimen Fiscal

Las operaciones de credito reguladas en este titulo tienen implicaciones fiscales que se rigen por la legislacion tributaria aplicable.

Aspectos fiscales relevantes

1. Retencion de ISR sobre intereses pagados
2. IVA en comisiones por servicios financieros
3. Obligaciones de informacion al SAT
4. Deducibilidad de intereses conforme a la LISR

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Las implicaciones fiscales de las operaciones de credito son significativas. Las empresas deben considerar la retencion de ISR sobre intereses, la deducibilidad de los mismos conforme a la LISR, y el tratamiento de IVA en comisiones bancarias al planificar su estructura de financiamiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 258 del LGTOC?

Establece que las operaciones de credito tienen consecuencias fiscales que deben observarse conforme a las leyes tributarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 258 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: Las implicaciones fiscales de las operaciones de credito son significativas. Las empresas deben considerar la retencion de ISR sobre intereses, la deducibilidad de los mismos conforme a la LISR, y el tratamiento de IVA en comisiones bancarias al planificar su estructura de financiamiento.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 258 del LGTOC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 258 LGTOC desde tu celular