Define el fideicomiso como el acto por el cual el fideicomitente transmite bienes a una institucion fiduciaria para que los destine a fines licitos y determinados en beneficio del fideicomisario.
En virtud del fideicomiso, el fideicomitente transmite a una institucion fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o mas bienes o derechos, para ser destinados a fines licitos y determinados, encomendando la realizacion de dichos fines a la propia institucion fiduciaria.
1. Fideicomitente: Persona que constituye el fideicomiso y transmite los bienes
2. Fiduciario: Institucion de credito autorizada que recibe los bienes y ejecuta los fines del fideicomiso
3. Fideicomisario: Persona que recibe los beneficios del fideicomiso (puede ser el propio fideicomitente)
4. Patrimonio fideicomitido: Los bienes o derechos transmitidos al fideicomiso
5. Fines: Los propositos licitos y determinados del fideicomiso
Los bienes fideicomitidos constituyen un patrimonio autonomo, separado del patrimonio personal del fideicomitente, del fiduciario y del fideicomisario. Este patrimonio solo responde por las obligaciones del fideicomiso.
El fideicomiso es una de las figuras juridicas mas versatiles del derecho mexicano, utilizada en una amplia variedad de operaciones: garantias, administracion de bienes, desarrollo inmobiliario, planeacion patrimonial, inversiones, etc.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El fideicomiso es quiza la figura juridica mas poderosa y versatil del derecho mercantil mexicano. Su principal ventaja es la creacion de un patrimonio autonomo que esta blindado contra las contingencias de las partes. En nuestra practica, utilizamos fideicomisos para: (1) garantizar creditos (fideicomiso de garantia), (2) administrar proyectos inmobiliarios, (3) planeacion sucesoria y patrimonial, (4) vehiculos de inversion (fideicomisos de infraestructura - FIBRAS/CKDs), y (5) proteccion de activos empresariales. Es fundamental que la designacion del fiduciario sea cuidadosa, pues este tiene deberes fiduciarios estrictos.
Art. 229. Operaciones de credito - disposiciones generales
Inicia el Titulo II sobre Operaciones de Credito, estableciendo las disposiciones generales aplicables a todas las operaciones reguladas en este titulo.
Art. 335. Forma del fideicomiso
Establece los requisitos de forma para la constitucion del fideicomiso.
Art. 346. Fideicomiso testamentario
Regula el fideicomiso constituido por testamento, que surte efectos a la muerte del fideicomitente.
Art. 352. Extincion del fideicomiso
Enumera las causas de extincion del fideicomiso: cumplimiento de fines, imposibilidad, vencimiento del plazo, revocacion, acuerdo de partes y otras.
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