LGTOC

Artículo 361. Bienes prendables

Establece los bienes que pueden ser objeto de prenda mercantil.

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Texto Legal

Articulo 361 — Bienes Prendables

Pueden ser objeto de prenda:

Bienes

1. Bienes muebles corporales (maquinaria, vehiculos, mercancias)
2. Titulos de credito (pagares, acciones, obligaciones)
3. Creditos (derechos de cobro)
4. Depositos en dinero constituidos ante instituciones de credito
5. El derecho de cobro de polizas de seguro

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La amplia gama de bienes prendables ofrece flexibilidad a las empresas. La prenda de titulos de credito y depositos bancarios es particularmente comun en operaciones financieras. Los derechos de cobro como garantia son cada vez mas utilizados por empresas de servicios que no tienen activos fisicos significativos pero cuentan con flujos de facturacion constantes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 361 del LGTOC?

Establece los bienes que pueden ser objeto de prenda mercantil.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 361 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: La amplia gama de bienes prendables ofrece flexibilidad a las empresas. La prenda de titulos de credito y depositos bancarios es particularmente comun en operaciones financieras. Los derechos de cobro como garantia son cada vez mas utilizados por empresas de servicios que no tienen activos fisicos significativos pero cuentan con flujos de facturacion constantes.

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