LGTOC

Artículo 330. Prelacion del credito refaccionario

Establece la prelacion del credito refaccionario sobre otros acreedores.

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Texto Legal

Articulo 330 — Prelacion del Credito Refaccionario

Los creditos refaccionarios debidamente registrados tienen preferencia en el pago sobre los creditos quirografarios y sobre los hipotecarios inscritos con posterioridad.

Relacion con el credito de avio

Los creditos de avio tienen preferencia sobre los refaccionarios cuando ambos estan debidamente registrados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Es crucial entender que los creditos de avio tienen preferencia sobre los refaccionarios. Esto afecta la estrategia de financiamiento: si una empresa tiene ambos tipos de credito, el acreedor refaccionario debe ser consciente de que cobra despues del acreedor de avio. Para acreditantes, verificar la existencia de creditos de avio previos es un paso indispensable en el analisis crediticio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 330 del LGTOC?

Establece la prelacion del credito refaccionario sobre otros acreedores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 330 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: Es crucial entender que los creditos de avio tienen preferencia sobre los refaccionarios. Esto afecta la estrategia de financiamiento: si una empresa tiene ambos tipos de credito, el acreedor refaccionario debe ser consciente de que cobra despues del acreedor de avio. Para acreditantes, verificar la existencia de creditos de avio previos es un paso indispensable en el analisis crediticio.

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