Regula el pago de la letra de cambio, estableciendo las reglas para su presentacion y los efectos del pago.
La letra de cambio debe presentarse para su pago en el lugar y direccion indicados en el titulo.
1. El pago debe hacerse contra entrega del titulo debidamente recibido
2. El que paga no esta obligado a verificar la identidad del tenedor, pero si a verificar la cadena de endosos
3. El pago total extingue la obligacion y todos los accesorios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La regla de pago contra entrega del titulo es fundamental para proteger al deudor contra dobles cobros. El que paga debe exigir la entrega del titulo con el recibo correspondiente. Al mismo tiempo, debe verificar la cadena de endosos pero no esta obligado a verificar la identidad del tenedor. Recomendamos a los deudores nunca pagar sin recibir fisicamente el titulo original debidamente recibido.
Art. 43. Lugar de pago del titulo
Establece las reglas para determinar el lugar donde debe pagarse el titulo de credito, incluyendo presunciones legales.
Art. 44. Pago parcial del titulo
Establece que el tenedor no puede rechazar un pago parcial del titulo de credito, debiendo hacer constar el pago parcial en el titulo.
Art. 94. Efectos de la falta de protesto
Establece las consecuencias juridicas de no levantar el protesto oportunamente: caducidad de las acciones de regreso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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