Regula el pago anticipado de la letra de cambio, estableciendo que el girado puede pagar antes del vencimiento bajo su responsabilidad.
El girado que paga antes del vencimiento de la letra lo hace bajo su responsabilidad.
- Si paga a quien no es legitimo tenedor, no queda liberado
- No puede deducir intereses por el tiempo anticipado, salvo pacto en contrario
- El tenedor no esta obligado a aceptar el pago anticipado
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El pago anticipado de una letra conlleva riesgos para el girado. Si paga a quien no es legitimo tenedor (por ejemplo, porque el titulo fue robado y endosado fraudulentamente), no queda liberado y debera pagar nuevamente al tenedor legitimo. Por ello, recomendamos al girado verificar cuidadosamente la cadena de endosos antes de realizar cualquier pago anticipado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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