Reitera la posibilidad de someter a arbitraje las controversias derivadas de titulos de credito.
Las controversias derivadas de titulos de credito pueden someterse a arbitraje comercial cuando las partes asi lo convengan.
El convenio arbitral no puede afectar a tenedores posteriores de buena fe que no hayan sido parte del convenio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El arbitraje comercial ofrece ventajas de confidencialidad, especializacion y rapidez frente a los tribunales ordinarios. Sin embargo, la limitacion de que el convenio arbitral no afecta a tenedores posteriores de buena fe protege la circulacion de titulos de credito. Las empresas que pactan arbitraje deben ser conscientes de que los endosatarios posteriores no estan obligados por dicho acuerdo.
Art. 164. Letra de cambio y convenio arbitral
Regula la posibilidad de someter las controversias derivadas de la letra de cambio a arbitraje comercial.
Art. 381. Del procedimiento ejecutivo mercantil
Establece las reglas del procedimiento ejecutivo mercantil aplicable a las acciones derivadas de titulos de credito y operaciones de credito.
Art. 398. Acumulacion de juicios
Regula la acumulacion de juicios derivados del mismo titulo de credito o de titulos conexos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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