Establece las reglas del procedimiento ejecutivo mercantil aplicable a las acciones derivadas de titulos de credito y operaciones de credito.
Las acciones derivadas de titulos de credito y de operaciones de credito se ejercitan mediante el juicio ejecutivo mercantil conforme a las siguientes reglas:
Los titulos de credito que reunan los requisitos legales son titulos ejecutivos, que traen aparejada ejecucion.
1. Demanda: El actor presenta la demanda acompanada del titulo de credito original
2. Auto de ejecucion: El juez ordena el requerimiento de pago y, en su defecto, el embargo de bienes
3. Embargo: Se embargan bienes suficientes para garantizar el adeudo
4. Emplazamiento: Se emplaza al demandado para que conteste dentro del plazo legal
5. Contestacion: El demandado tiene un plazo breve para contestar y oponer excepciones
6. Sentencia: El juez dicta sentencia de remate
En el juicio ejecutivo mercantil solo pueden oponerse las excepciones expresamente previstas en la ley, lo que limita las defensas del demandado y agiliza el procedimiento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El juicio ejecutivo mercantil es la via procesal mas importante para el cobro de titulos de credito. Su principal ventaja es que permite el embargo de bienes desde el inicio del juicio, sin necesidad de juicio previo declarativo. En nuestra practica litigiosa, recomendamos: (1) verificar que el titulo reuna TODOS los requisitos legales antes de demandar, (2) identificar previamente los bienes del deudor para asegurar un embargo eficaz, (3) incluir todos los accesorios legales en la demanda (intereses, indemnizacion del 20% en cheques, gastos de cobranza), y (4) actuar con prontitud para evitar la prescripcion de las acciones.
Art. 58. Accion cambiaria en via ejecutiva
Establece que la accion cambiaria es ejecutiva, pudiendo el tenedor embargar bienes del deudor sin necesidad de juicio previo.
Art. 114. Accion ejecutiva derivada de la letra
Reitera que la accion derivada de la letra de cambio es ejecutiva, constituyendo titulo ejecutivo para embargo.
Art. 170. Requisitos del pagare
Enumera los requisitos esenciales del pagare: mencion de ser pagare, promesa incondicional de pago, epoca de pago, lugar de pago, nombre del beneficiario, fecha y lugar de suscripcion, y firma del suscriptor.
Art. 382. Excepciones en el juicio ejecutivo mercantil
Enumera las excepciones que pueden oponerse en el juicio ejecutivo mercantil derivado de titulos de credito.
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