LGTOC

Artículo 382. Excepciones en el juicio ejecutivo mercantil

Enumera las excepciones que pueden oponerse en el juicio ejecutivo mercantil derivado de titulos de credito.

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Texto Legal

Articulo 382 — Excepciones Oponibles

En el juicio ejecutivo mercantil solo son admisibles las siguientes excepciones:

Excepciones permitidas

1. Incompetencia del juez
2. Falta de personalidad del actor
3. Que el titulo no reune los requisitos legales
4. Falsedad del titulo
5. Quita, pago o compensacion que consten en documento
6. Prescripcion o caducidad de la accion
7. Cancelacion del titulo
8. Las demas excepciones previstas en el articulo 23

Limitacion de excepciones

La limitacion de excepciones favorece al acreedor y es una de las principales ventajas del juicio ejecutivo mercantil.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La limitacion de excepciones en el juicio ejecutivo es una ventaja significativa para los acreedores. El demandado solo puede oponer defensas especificas y tasadas, lo que reduce las posibilidades de dilatar el procedimiento. Para deudores, es critico revisar estas excepciones cuidadosamente y elegir las mas solidas, pues no habra oportunidad de ampliar las defensas posteriormente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 382 del LGTOC?

Enumera las excepciones que pueden oponerse en el juicio ejecutivo mercantil derivado de titulos de credito.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 382 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: La limitacion de excepciones en el juicio ejecutivo es una ventaja significativa para los acreedores. El demandado solo puede oponer defensas especificas y tasadas, lo que reduce las posibilidades de dilatar el procedimiento. Para deudores, es critico revisar estas excepciones cuidadosamente y elegir las mas solidas, pues no habra oportunidad de ampliar las defensas posteriormente.

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