Regula las condiciones bajo las cuales el librador puede revocar un cheque emitido.
El cheque no es revocable sino despues de transcurrido el plazo legal para su presentacion.
- Durante el plazo de presentacion, el banco debe pagar el cheque si hay fondos
- Despues del plazo, el banco puede pagar o rechazar, a su criterio
- La revocacion antes del plazo solo procede por causa justificada (extravio, robo, etc.)
El librador puede oponerse al pago por causa de extravio o robo, debiendo dar aviso inmediato al banco.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La irrevocabilidad del cheque durante el plazo de presentacion protege al tenedor y garantiza la confianza en el sistema de pagos. Solo en casos excepcionales como extravio o robo puede oponerse el pago antes del vencimiento del plazo. Recomendamos a las empresas dar aviso inmediato al banco en caso de perdida de chequeras para evitar cobros fraudulentos.
Art. 175. Requisitos del cheque
Enumera los requisitos esenciales del cheque: mencion de ser cheque, lugar y fecha de expedicion, orden incondicional de pago, nombre del librado (banco), lugar de pago y firma del librador.
Art. 178. Provision de fondos para el cheque
Detalla la obligacion del librador de proveer fondos suficientes al banco librado para el pago del cheque.
Art. 183. Plazo de presentacion del cheque
Establece los plazos para la presentacion del cheque al cobro: 15 dias para cheques pagaderos en el mismo lugar de expedicion y 1 mes para los pagaderos en lugar distinto.
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Art. 178. Provision de fondos para el cheque
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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