LGTOC

Artículo 6. Clausulas y menciones opcionales

Establece que las menciones y requisitos que el titulo de credito o el acto en el consignado necesitan para su eficacia pueden ser satisfechos por quien suscriba el titulo.

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Texto Legal

Articulo 6 — Clausulas y Menciones Opcionales

Las menciones y requisitos que el titulo de credito o el acto en el consignado necesitan para su eficacia, pueden ser satisfechos por quien en su oportunidad debio llenarlos, hasta antes de la presentacion del titulo para su aceptacion o para su pago.

Titulos en blanco

Se permite la emision de titulos de credito incompletos (en blanco), que pueden ser llenados posteriormente conforme a las instrucciones del suscriptor.

Limites

- El llenado debe hacerse conforme a los acuerdos entre las partes
- El tenedor no puede llenar el titulo de manera arbitraria
- La carga de la prueba sobre el llenado abusivo corresponde al obligado

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Los titulos en blanco son una practica comun pero riesgosa. Es frecuente que se firmen pagares sin monto o fecha de vencimiento, lo que puede derivar en abusos si el tenedor los llena con cantidades superiores a lo pactado. Aconsejamos siempre documentar por escrito las instrucciones de llenado y conservar copia del acuerdo para poder defenderse en caso de llenado abusivo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LGTOC?

Establece que las menciones y requisitos que el titulo de credito o el acto en el consignado necesitan para su eficacia pueden ser satisfechos por quien suscriba el titulo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: Los titulos en blanco son una practica comun pero riesgosa. Es frecuente que se firmen pagares sin monto o fecha de vencimiento, lo que puede derivar en abusos si el tenedor los llena con cantidades superiores a lo pactado. Aconsejamos siempre documentar por escrito las instrucciones de llenado y conservar copia del acuerdo para poder defenderse en caso de llenado abusivo.

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