LGTOC

Artículo 182. Obligacion del banco de pagar el cheque

Establece la obligacion del banco librado de pagar el cheque cuando existan fondos suficientes.

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Texto Legal

Articulo 182 — Obligacion del Banco

La institucion de credito librada esta obligada a pagar el cheque siempre que:

Condiciones

1. El cheque reuna todos los requisitos legales
2. Existan fondos suficientes en la cuenta del librador
3. El cheque sea presentado dentro del plazo legal
4. No haya orden de suspension o revocacion valida

Responsabilidad del banco

El banco que indebidamente rechace el pago de un cheque con fondos suficientes es responsable de los danos y perjuicios causados al librador.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El banco tiene una doble responsabilidad: pagar cuando hay fondos y responder por danos cuando rechaza indebidamente. Las empresas que sufran rechazos injustificados de cheques por parte de sus bancos pueden reclamar danos y perjuicios, incluyendo el dano moral por afectacion a su reputacion comercial. Recomendamos documentar todo rechazo indebido para sustentar una eventual reclamacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 182 del LGTOC?

Establece la obligacion del banco librado de pagar el cheque cuando existan fondos suficientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 182 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: El banco tiene una doble responsabilidad: pagar cuando hay fondos y responder por danos cuando rechaza indebidamente. Las empresas que sufran rechazos injustificados de cheques por parte de sus bancos pueden reclamar danos y perjuicios, incluyendo el dano moral por afectacion a su reputacion comercial. Recomendamos documentar todo rechazo indebido para sustentar una eventual reclamacion.

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