Establece que el cheque presentado al cobro antes de la fecha indicada como de expedicion es pagadero el dia de su presentacion.
El cheque presentado al cobro antes de la fecha indicada como de expedicion es pagadero el dia de su presentacion.
Los cheques postdatados (con fecha futura) pueden ser cobrados antes de la fecha indicada, pues el cheque es siempre pagadero a la vista.
Aunque la practica de postdatar cheques es comun en Mexico, juridicamente no tiene el efecto de diferir el pago.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La practica de postdatar cheques es extremadamente comun en Mexico pero juridicamente ineficaz. El cheque siempre es pagadero a la vista, independientemente de la fecha escrita. Para operaciones que requieran diferir el pago, recomendamos utilizar pagares en lugar de cheques postdatados, pues el pagare si permite fijar una fecha de vencimiento futura con plena validez legal.
Art. 175. Requisitos del cheque
Enumera los requisitos esenciales del cheque: mencion de ser cheque, lugar y fecha de expedicion, orden incondicional de pago, nombre del librado (banco), lugar de pago y firma del librador.
Art. 179. Revocacion del cheque
Regula las condiciones bajo las cuales el librador puede revocar un cheque emitido.
Art. 180. Muerte o incapacidad del librador
Establece que la muerte o incapacidad sobreveniente del librador no afecta la validez del cheque emitido.
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Art. 180. Muerte o incapacidad del librador
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Art. 182. Obligacion del banco de pagar el cheque
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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