LGTOC

Artículo 113. Reglas especiales de la letra en el extranjero

Establece las reglas de conflicto de leyes para las letras de cambio emitidas o pagaderas en el extranjero.

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Texto Legal

Articulo 113 — Letras en el Extranjero

Las letras de cambio emitidas en el extranjero y pagaderas en Mexico se rigen por las disposiciones de esta ley en cuanto a sus efectos.

Reglas de conflicto

- La forma de la letra se rige por la ley del lugar de emision
- La capacidad del suscriptor se rige por su ley personal
- Los efectos de las obligaciones se rigen por la ley del lugar de pago

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Para empresas con operaciones transfronterizas, es fundamental entender que la ley aplicable varia segun el aspecto de la letra. La forma se rige por el lugar de emision, pero los efectos por el lugar de pago. Esto tiene implicaciones practicas al cobrar letras emitidas en el extranjero, pues las acciones cambiarias se regiran por la ley mexicana si el pago es en Mexico.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 113 del LGTOC?

Establece las reglas de conflicto de leyes para las letras de cambio emitidas o pagaderas en el extranjero.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 113 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: Para empresas con operaciones transfronterizas, es fundamental entender que la ley aplicable varia segun el aspecto de la letra. La forma se rige por el lugar de emision, pero los efectos por el lugar de pago. Esto tiene implicaciones practicas al cobrar letras emitidas en el extranjero, pues las acciones cambiarias se regiran por la ley mexicana si el pago es en Mexico.

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