LGTOC

Artículo 111. Letra de cambio en moneda extranjera

Regula las particularidades de la letra de cambio librada en moneda extranjera, incluyendo el tipo de cambio aplicable.

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Texto Legal

Articulo 111 — Letra en Moneda Extranjera

Cuando la letra de cambio se libre en moneda extranjera, el importe puede ser pagado en moneda nacional al tipo de cambio vigente en la fecha de pago.

Clausula de pago efectivo

Si se pacta la clausula de pago efectivo en moneda extranjera, el pago debe hacerse en la moneda indicada.

Tipo de cambio

El tipo de cambio aplicable es el del dia y lugar del pago.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: En operaciones internacionales, la clausula de pago efectivo en moneda extranjera es esencial para proteger al acreedor contra fluctuaciones cambiarias. Sin esta clausula, el deudor puede pagar en pesos al tipo de cambio del dia de pago. Recomendamos a empresas con operaciones en dolares incluir siempre esta clausula para evitar perdidas por devaluacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 111 del LGTOC?

Regula las particularidades de la letra de cambio librada en moneda extranjera, incluyendo el tipo de cambio aplicable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 111 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: En operaciones internacionales, la clausula de pago efectivo en moneda extranjera es esencial para proteger al acreedor contra fluctuaciones cambiarias. Sin esta clausula, el deudor puede pagar en pesos al tipo de cambio del dia de pago. Recomendamos a empresas con operaciones en dolares incluir siempre esta clausula para evitar perdidas por devaluacion.

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