LGTOC

Artículo 353. Fideicomiso y concurso mercantil

Regula el tratamiento del fideicomiso en caso de concurso mercantil del fideicomitente o del fiduciario.

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Texto Legal

Articulo 353 — Fideicomiso y Concurso

En caso de concurso mercantil:

Del fideicomitente

Los bienes fideicomitidos no forman parte de la masa concursal del fideicomitente, dado que constituyen un patrimonio autonomo.

Del fiduciario

Si el fiduciario entra en concurso, los bienes fideicomitidos no forman parte de su masa concursal. Debe designarse un fiduciario sustituto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La proteccion del patrimonio fideicomitido frente al concurso mercantil es una de las ventajas mas importantes del fideicomiso. Ni la quiebra del fideicomitente ni la del fiduciario afectan los bienes del fideicomiso. Esta caracteristica lo convierte en un blindaje patrimonial legitimo, siempre que no se haya constituido en fraude de acreedores previo al estado de insolvencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 353 del LGTOC?

Regula el tratamiento del fideicomiso en caso de concurso mercantil del fideicomitente o del fiduciario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 353 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: La proteccion del patrimonio fideicomitido frente al concurso mercantil es una de las ventajas mas importantes del fideicomiso. Ni la quiebra del fideicomitente ni la del fiduciario afectan los bienes del fideicomiso. Esta caracteristica lo convierte en un blindaje patrimonial legitimo, siempre que no se haya constituido en fraude de acreedores previo al estado de insolvencia.

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