Regula el tratamiento del fideicomiso en caso de concurso mercantil del fideicomitente o del fiduciario.
En caso de concurso mercantil:
Los bienes fideicomitidos no forman parte de la masa concursal del fideicomitente, dado que constituyen un patrimonio autonomo.
Si el fiduciario entra en concurso, los bienes fideicomitidos no forman parte de su masa concursal. Debe designarse un fiduciario sustituto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La proteccion del patrimonio fideicomitido frente al concurso mercantil es una de las ventajas mas importantes del fideicomiso. Ni la quiebra del fideicomitente ni la del fiduciario afectan los bienes del fideicomiso. Esta caracteristica lo convierte en un blindaje patrimonial legitimo, siempre que no se haya constituido en fraude de acreedores previo al estado de insolvencia.
Art. 339. Patrimonio fideicomitido
Regula la naturaleza y proteccion del patrimonio autonomo del fideicomiso.
Art. 344. Sustitucion del fiduciario
Regula los supuestos y procedimiento para sustituir al fiduciario en el fideicomiso.
Art. 352. Extincion del fideicomiso
Enumera las causas de extincion del fideicomiso: cumplimiento de fines, imposibilidad, vencimiento del plazo, revocacion, acuerdo de partes y otras.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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