LGTOC

Artículo 266. Disposiciones supletorias del reporto

Establece las disposiciones supletorias aplicables al reporto.

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Texto Legal

Articulo 266 — Supletoriedad en el Reporto

En lo no previsto para el reporto, se aplican supletoriamente:

Orden de prelacion

1. Las disposiciones generales de esta ley sobre operaciones de credito
2. La legislacion del mercado de valores cuando los titulos esten listados en bolsa
3. Los usos y costumbres mercantiles
4. El derecho comun

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La aplicacion supletoria de la legislacion del mercado de valores es especialmente relevante cuando los titulos objeto del reporto estan listados en bolsa. Las empresas que operen reportos con valores bursatiles deben cumplir tambien con las disposiciones de la Ley del Mercado de Valores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 266 del LGTOC?

Establece las disposiciones supletorias aplicables al reporto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 266 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: La aplicacion supletoria de la legislacion del mercado de valores es especialmente relevante cuando los titulos objeto del reporto estan listados en bolsa. Las empresas que operen reportos con valores bursatiles deben cumplir tambien con las disposiciones de la Ley del Mercado de Valores.

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