- En caso de alteración del texto de un título de crédito, los signatarios posteriores a ella
se obligan según los términos del texto alterado, y los signatarios anteriores, según los términos del texto
original. Cuando no se pueda comprobar si una firma ha sido puesta antes o después de la alteración, se
presume que lo fue antes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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