LGTOC

Artículo 313. Disposiciones internacionales sobre cartas de credito

Referencia a las reglas internacionales que complementan la regulacion de las cartas de credito.

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Texto Legal

Articulo 313 — Reglas Internacionales

Las cartas de credito pueden regirse adicionalmente por las Reglas y Usos Uniformes relativos a Creditos Documentarios (UCP) de la Camara de Comercio Internacional (ICC).

Aplicacion

Las UCP se aplican cuando las partes expresamente las incorporan al contrato. Son el estandar internacional mas aceptado para operaciones de credito documentario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Las UCP 600 de la ICC son el marco normativo internacional mas utilizado para cartas de credito. Recomendamos a nuestros clientes incorporar expresamente la referencia a las UCP en sus contratos de comercio exterior, pues proporcionan reglas claras y uniformes reconocidas mundialmente que facilitan la resolucion de controversias entre partes de distintos paises.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 313 del LGTOC?

Referencia a las reglas internacionales que complementan la regulacion de las cartas de credito.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 313 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: Las UCP 600 de la ICC son el marco normativo internacional mas utilizado para cartas de credito. Recomendamos a nuestros clientes incorporar expresamente la referencia a las UCP en sus contratos de comercio exterior, pues proporcionan reglas claras y uniformes reconocidas mundialmente que facilitan la resolucion de controversias entre partes de distintos paises.

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