Establece la responsabilidad del banco intermediario en operaciones de carta de credito.
El banco que interviene en una operacion de carta de credito es responsable de:
1. Verificar los documentos conforme a los terminos de la carta
2. Pagar oportunamente al beneficiario cuando los documentos sean conformes
3. Transmitir fielmente los documentos al banco emisor
4. Actuar con diligencia profesional bancaria
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La responsabilidad bancaria en cartas de credito genera un estandar de diligencia profesional exigible judicialmente. Si un banco paga contra documentos no conformes o no transmite documentos oportunamente, puede ser demandado por danos y perjuicios. Las empresas deben documentar cualquier irregularidad bancaria como fundamento para posibles reclamaciones.
Art. 305. Obligaciones del dador de la carta
Establece las obligaciones del dador de la carta de credito frente al beneficiario y al destinatario.
Art. 308. Revision de documentos por el banco
Establece la obligacion del banco de revisar los documentos presentados conforme a los terminos de la carta.
Art. 313. Disposiciones internacionales sobre cartas de credito
Referencia a las reglas internacionales que complementan la regulacion de las cartas de credito.
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Art. 313. Disposiciones internacionales sobre cartas de credito
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Art. 315. Extincion de la carta de credito
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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