LGTOC

Artículo 104. Acciones extracambiarias

Reserva al tenedor las acciones extracambiarias (causal y de enriquecimiento) cuando se extinguen las acciones cambiarias.

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Texto Legal

Articulo 104 — Acciones Extracambiarias

El tenedor que haya perdido la accion cambiaria conserva, en su caso, las siguientes acciones extracambiarias:

Tipos de acciones extracambiarias

1. Accion causal: Basada en la relacion juridica subyacente que origino la emision de la letra
2. Accion de enriquecimiento: Contra quien se enriquecio injustamente a costa del tenedor

Requisitos

Para ejercer la accion causal, el tenedor debe restituir la letra al demandado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Las acciones extracambiarias son el ultimo recurso del acreedor cuando ha perdido la accion cambiaria por prescripcion o caducidad. La accion causal permite recurrir al negocio subyacente y la de enriquecimiento evita que alguien se beneficie injustamente. Recomendamos documentar siempre la relacion comercial subyacente para tener esta via alternativa de cobro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 104 del LGTOC?

Reserva al tenedor las acciones extracambiarias (causal y de enriquecimiento) cuando se extinguen las acciones cambiarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 104 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: Las acciones extracambiarias son el ultimo recurso del acreedor cuando ha perdido la accion cambiaria por prescripcion o caducidad. La accion causal permite recurrir al negocio subyacente y la de enriquecimiento evita que alguien se beneficie injustamente. Recomendamos documentar siempre la relacion comercial subyacente para tener esta via alternativa de cobro.

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