LGTOC

Artículo 250. Interpretacion de operaciones de credito

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 26 de marzo de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

Artículo 250

- Las acciones derivadas del certificado de depósito para el retiro de las mercancías,
prescriben en tres años a partir del vencimiento del plazo señalado para el depósito en el certificado.
Las acciones que deriven del crédito prendario insertado en el certificado, prescriben en tres años a
partir de su vencimiento.
Párrafo reformado DOF 26-03-2024
En el mismo plazo, prescribirán las acciones derivadas del certificado de depósito para disponer, en
su caso, las cantidades que obren en poder de los Almacenes Generales de Depósito conforme al

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 250 del LGTOC?

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