LGTOC

Artículo 340. Prohibiciones del fideicomiso

prohibicionesfideicomisosecretosduracionfraude-acreedores
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 26 de marzo de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

Artículo 340

- Si el precio de los bienes o títulos dados en prenda baja de manera que no baste a
cubrir el importe de la deuda y un 20% más, el acreedor podrá proceder a la venta de la prenda, en los
términos del artículo 342.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 340 del LGTOC?

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