Establece las acciones cambiarias que puede ejercer el tenedor de un cheque no pagado.
El tenedor de un cheque no pagado puede ejercer:
1. Accion directa contra el librador y sus avalistas
2. Accion de regreso contra los endosantes y sus avalistas
3. Accion causal contra quien le transmitio el cheque
Para la accion de regreso se requiere el protesto oportuno. La accion directa no requiere protesto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La distincion entre accion directa y de regreso en el cheque es crucial para la estrategia de cobro. La accion directa contra el librador no requiere protesto, pero la accion de regreso contra endosantes si lo exige. Recomendamos siempre obtener la constancia bancaria de rechazo para conservar todas las vias de cobro disponibles contra todos los obligados.
Art. 53. Acciones procesales derivadas de titulos
Establece las acciones procesales que derivan de los titulos de credito: la accion cambiaria directa y la accion cambiaria de regreso.
Art. 184. Protesto del cheque
Regula el protesto del cheque, que puede hacerse mediante la anotacion del banco rechazando el pago o por medio de notario.
Art. 186. Prescripcion de acciones derivadas del cheque
Establece que las acciones cambiarias derivadas del cheque prescriben en seis meses desde la presentacion o desde el vencimiento del plazo de presentacion.
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Art. 184. Protesto del cheque
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Art. 186. Prescripcion de acciones derivadas del cheque
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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