LGTOC

Artículo 345. Comite tecnico del fideicomiso

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 26 de marzo de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

Artículo 345

- Lo dispuesto en esta Sección no modifica las disposiciones relativas al crédito
prendario constituido en los certificados de depósito expedidos por los Almacenes Generales de
Depósito, ni las contenidas en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito o en
otras leyes especiales.
Artículo reformado DOF 26-03-2024
Sección Séptima
De la prenda sin transmisión de posesión
Sección adicionada DOF 23-05-2000

Preguntas Frecuentes

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