- La acción cambiaria prescribe en tres años contados:
I.- A partir del día del vencimiento de la letra, o en su defecto;LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 26-03-2024
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II.- Desde que concluyan los plazos a que se refieren los artículos 93 y 128.
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Art. 164. Letra de cambio y convenio arbitral
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