LGTOC

Artículo 86. Efectos de la aceptacion

Define los efectos juridicos de la aceptacion de la letra de cambio: el girado se convierte en obligado principal al pago del titulo.

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Texto Legal

Articulo 86 — Efectos de la Aceptacion

Por la aceptacion, el girado se convierte en aceptante y se obliga a pagar la letra de cambio a su vencimiento.

Obligacion principal

- El aceptante es el obligado principal de la letra
- Su obligacion es independiente de la relacion juridica con el librador
- Aun cuando la relacion subyacente sea nula, la obligacion del aceptante subsiste frente al tenedor de buena fe

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Con la aceptacion, el girado asume la calidad de obligado principal, lo que tiene consecuencias decisivas. La accion contra el aceptante no requiere protesto ni esta sujeta a caducidad, solo a prescripcion de tres anos. Por ello, obtener la aceptacion de la letra fortalece enormemente la posicion del acreedor al simplificar el proceso de cobro en caso de incumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 86 del LGTOC?

Define los efectos juridicos de la aceptacion de la letra de cambio: el girado se convierte en obligado principal al pago del titulo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 86 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: Con la aceptacion, el girado asume la calidad de obligado principal, lo que tiene consecuencias decisivas. La accion contra el aceptante no requiere protesto ni esta sujeta a caducidad, solo a prescripcion de tres anos. Por ello, obtener la aceptacion de la letra fortalece enormemente la posicion del acreedor al simplificar el proceso de cobro en caso de incumplimiento.

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