LGTOC

Artículo 123. Forma del protesto notarial

Detalla los requisitos formales del acta de protesto que debe levantar el notario o corredor publico.

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Texto Legal

Articulo 123 — Forma del Acta de Protesto

El acta de protesto debe contener:

Requisitos del acta

1. Reproduccion literal de la letra con todos sus endosos, avales y demas indicaciones
2. El requerimiento al obligado de aceptar o pagar la letra
3. La constancia de haberse presentado la letra, o la razon por la que no pudo presentarse
4. Los motivos de la negativa de aceptacion o pago
5. La firma de la persona con quien se practique la diligencia o la constancia de su negativa a firmar
6. La firma del fedatario publico que levante el acta

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Un acta de protesto que no cumpla todos los requisitos formales puede ser declarada nula, con consecuencias devastadoras para el tenedor. Recomendamos verificar que el fedatario publico incluya todos los elementos legales, especialmente la reproduccion literal del titulo y los motivos de la negativa de pago. Un protesto defectuoso puede costar la perdida total del credito contra obligados de regreso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 123 del LGTOC?

Detalla los requisitos formales del acta de protesto que debe levantar el notario o corredor publico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 123 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: Un acta de protesto que no cumpla todos los requisitos formales puede ser declarada nula, con consecuencias devastadoras para el tenedor. Recomendamos verificar que el fedatario publico incluya todos los elementos legales, especialmente la reproduccion literal del titulo y los motivos de la negativa de pago. Un protesto defectuoso puede costar la perdida total del credito contra obligados de regreso.

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