Regula la emision de titulos de credito en varios ejemplares, estableciendo que cada ejemplar debe indicar su numero de orden.
Los titulos de credito pueden emitirse en varios ejemplares identicos, debiendo constar en cada uno de ellos su numero de orden.
- Cada ejemplar debe indicar su numero de orden (primero, segundo, etc.)
- El pago hecho sobre un ejemplar libera de la obligacion respecto de todos los demas
- El aceptante queda obligado en virtud de cada ejemplar que acepte
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La emision de varios ejemplares es comun en operaciones internacionales donde se envia un ejemplar por correo y otro por distinta via para asegurar la recepcion. Es importante numerar correctamente cada ejemplar para evitar dobles cobros. El pago sobre cualquier ejemplar libera al deudor respecto de todos los demas, lo que previene el fraude por presentacion multiple.
Art. 45. Deposito del importe del titulo
Regula el deposito judicial o extrajudicial del importe del titulo cuando el tenedor se niega a recibir el pago o no se presenta al cobro.
Art. 47. Intervencion en el pago
Regula la intervencion de terceros en el pago de titulos de credito, permitiendo que personas distintas del obligado paguen el titulo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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