LGTOC

Artículo 117. Letra con clausula de devolucion sin gastos

Regula la clausula de devolucion sin gastos que puede insertarse en la letra de cambio para limitar los gastos del tenedor.

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Texto Legal

Articulo 117 — Clausula de Devolucion Sin Gastos

El librador o un endosante puede insertar la clausula "devuelvase sin gastos" o equivalente, que dispensa al tenedor de levantar protesto para conservar sus acciones.

Efectos

La clausula tiene los mismos efectos que la clausula "sin protesto", liberando al tenedor de la carga de levantar el protesto formal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La clausula de devolucion sin gastos equivale a la clausula sin protesto y representa un ahorro significativo en costos de cobranza. Recomendamos a nuestros clientes incluir esta clausula en los titulos que emitan como beneficiarios, pues elimina la necesidad de acudir ante notario para conservar las acciones de regreso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 117 del LGTOC?

Regula la clausula de devolucion sin gastos que puede insertarse en la letra de cambio para limitar los gastos del tenedor.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 117 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: La clausula de devolucion sin gastos equivale a la clausula sin protesto y representa un ahorro significativo en costos de cobranza. Recomendamos a nuestros clientes incluir esta clausula en los titulos que emitan como beneficiarios, pues elimina la necesidad de acudir ante notario para conservar las acciones de regreso.

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