LGTOC

Artículo 90. Obligaciones del girador de la letra

giradorobligacionesgarantiaaceptacionpagoletra-de-cambio
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 26 de marzo de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

Artículo 90

- El endoso en propiedad de una letra de cambio, obliga al endosante solidariamente con
los demás responsables del valor de la letra, observándose, en su caso, lo que dispone el párrafo final
del artículo 34.
Fe de erratas al artículo DOF 08-09-1932
Sección Segunda
De la Aceptación

Preguntas Frecuentes

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