LGTOC

Artículo 241. Subrogacion en operaciones de credito

Regula la subrogacion legal y convencional en las operaciones de credito.

subrogacionpago-por-terceroderechos-acreedoroperaciones-credito

Texto Legal

Articulo 241 — Subrogacion

La subrogacion opera cuando un tercero paga la deuda del deudor, adquiriendo los derechos del acreedor original.

Tipos

1. Legal: Opera de pleno derecho en los casos previstos por la ley
2. Convencional: Pactada entre el tercero que paga y el acreedor o el deudor

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La subrogacion es un mecanismo util cuando un tercero (como una empresa del mismo grupo corporativo) paga la deuda de otra entidad. El tercero adquiere los derechos del acreedor original, incluyendo las garantias, lo cual es relevante en operaciones de reestructuracion empresarial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 241 del LGTOC?

Regula la subrogacion legal y convencional en las operaciones de credito.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 241 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: La subrogacion es un mecanismo util cuando un tercero (como una empresa del mismo grupo corporativo) paga la deuda de otra entidad. El tercero adquiere los derechos del acreedor original, incluyendo las garantias, lo cual es relevante en operaciones de reestructuracion empresarial.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 241 del LGTOC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 241 LGTOC desde tu celular