Regula el endoso en propiedad, que transfiere la propiedad del titulo de credito y todos los derechos a el inherentes al endosatario.
El endoso que contenga la clausula "en propiedad" o alguna equivalente, transfiere la propiedad del titulo y todos los derechos a el inherentes.
1. El endosatario adquiere la propiedad plena del titulo
2. Adquiere todos los derechos derivados del titulo, incluyendo garantias y accesorios
3. Puede a su vez endosar el titulo a un tercero
4. Queda legitimado para ejercer todas las acciones derivadas del titulo
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El endoso en propiedad es el mas utilizado en operaciones comerciales porque transfiere plenamente el titulo y todos sus derechos. Es esencial en operaciones de factoraje donde la empresa cedente transmite pagares de sus clientes a la empresa de factoraje. El endosatario en propiedad adquiere un derecho autonomo, protegido contra excepciones personales del deudor contra el endosante.
Art. 26. Endoso - requisitos
Establece los requisitos formales del endoso como medio de transmision de los titulos de credito a la orden, incluyendo el nombre del endosatario y la firma del endosante.
Art. 28. Endoso en procuracion
Define el endoso en procuracion como aquel que no transmite la propiedad del titulo sino que confiere al endosatario las facultades de un mandatario para cobrar el titulo.
Art. 29. Endoso en garantia
Regula el endoso en garantia o en prenda, que atribuye al endosatario los derechos y obligaciones de un acreedor prendario sobre el titulo de credito.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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