LGTOC

Artículo 391. Sentencia en el juicio ejecutivo

Regula el contenido y efectos de la sentencia dictada en el juicio ejecutivo mercantil.

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Texto Legal

Articulo 391 — Sentencia

La sentencia en el juicio ejecutivo mercantil debe resolver sobre:

Contenido

1. La procedencia de la via ejecutiva
2. La existencia y exigibilidad de la obligacion
3. La condena al pago del importe, intereses y accesorios
4. El remate de los bienes embargados en caso de condena
5. La condena en costas al vencido

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La sentencia ejecutiva que ordena el remate de bienes embargados es el resultado mas favorable para el acreedor. La condena en costas al vencido incluye honorarios de abogados, lo que puede representar un monto adicional significativo. Para los deudores, la sentencia de remate marca el inicio de la ejecucion forzosa, siendo el ultimo momento para buscar un arreglo negociado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 391 del LGTOC?

Regula el contenido y efectos de la sentencia dictada en el juicio ejecutivo mercantil.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 391 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: La sentencia ejecutiva que ordena el remate de bienes embargados es el resultado mas favorable para el acreedor. La condena en costas al vencido incluye honorarios de abogados, lo que puede representar un monto adicional significativo. Para los deudores, la sentencia de remate marca el inicio de la ejecucion forzosa, siendo el ultimo momento para buscar un arreglo negociado.

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