Regula el tratamiento de la prenda en caso de concurso mercantil del deudor.
En caso de concurso mercantil del deudor, el acreedor prendario tiene derecho de pago preferente con el producto de la venta del bien prendado.
El acreedor prendario se ubica como acreedor con garantia real y cobra antes que los acreedores comunes o quirografarios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La preferencia de pago del acreedor prendario en el concurso mercantil es fundamental para la seguridad crediticia. Los acreedores con garantia real cobran antes que los acreedores comunes, lo que justifica tasas de interes mas bajas en creditos garantizados con prenda. Para empresas en dificultades financieras, los bienes prendados no forman parte de la masa concursal disponible para acreedores comunes.
Art. 246. Operaciones de credito y concurso mercantil
Regula el tratamiento de las operaciones de credito vigentes cuando el deudor entra en concurso mercantil.
Art. 363. Derechos del acreedor prendario
Establece los derechos del acreedor que tiene un bien en prenda.
Art. 369. Disposiciones supletorias de la prenda
Establece las disposiciones supletorias aplicables a la prenda mercantil.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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