LGTOC

Artículo 18. Cancelacion de titulos de credito

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 26 de marzo de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

Artículo 18

- La transmisión del título de crédito implica el traspaso del derecho principal en él
consignado y, a falta de estipulación en contrario, la transmisión del derecho a los intereses y dividendos
caídos, así como de las garantías y demás derechos accesorios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del LGTOC?

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