Establece que el titulo de credito que contenga fecha o lugar falso no es nulo, pero puede ser impugnado por el obligado.
El titulo de credito es valido aun cuando contenga indicaciones falsas sobre la fecha o el lugar de emision, sin perjuicio de las acciones penales que procedan.
La falsedad de la fecha o lugar no invalida el titulo, pero el obligado puede invocarla como excepcion personal contra quien haya actuado de mala fe.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Aunque un titulo con fecha o lugar falso sigue siendo valido como instrumento de cobro, la falsedad puede tener consecuencias penales y servir como excepcion personal. En la practica, se ven casos de pagares con fechas alteradas para evitar la prescripcion. Recomendamos que las fechas se escriban con letra y numero para dificultar alteraciones y que se conserven copias digitalizadas al momento de la firma.
Art. 66. Lugar de emision del titulo
Establece que si no se indica lugar de emision en el titulo de credito, se considera emitido en el domicilio del suscriptor.
Art. 68. Firma autografa en titulos de credito
Establece el requisito de firma autografa para la validez de los titulos de credito, con las excepciones que la ley permita.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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