LGTOC

Artículo 167. Costas judiciales en juicios cambiarios

Regula la condena en costas judiciales en los juicios derivados de titulos de credito.

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Texto Legal

Articulo 167 — Costas Judiciales

En los juicios derivados de titulos de credito, el vencido sera condenado al pago de costas judiciales, que incluyen:

Conceptos

1. Honorarios de abogados
2. Gastos de diligencias judiciales
3. Gastos de peritos y otros auxiliares
4. Demas erogaciones procesales legitimas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La condena en costas judiciales en juicios cambiarios incluye honorarios de abogados y gastos procesales, lo que representa un costo adicional significativo para el deudor vencido. Para el acreedor, esto significa que puede recuperar buena parte de sus gastos legales. Recomendamos conservar comprobantes de todos los gastos legales para solicitar su reembolso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 167 del LGTOC?

Regula la condena en costas judiciales en los juicios derivados de titulos de credito.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 167 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: La condena en costas judiciales en juicios cambiarios incluye honorarios de abogados y gastos procesales, lo que representa un costo adicional significativo para el deudor vencido. Para el acreedor, esto significa que puede recuperar buena parte de sus gastos legales. Recomendamos conservar comprobantes de todos los gastos legales para solicitar su reembolso.

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