LGTOC

Artículo 137. Competencia judicial en la letra de cambio

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 26 de marzo de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

Artículo 137

- Si se presentaren varias personas ofreciendo su intervención como terceros, será
preferida la que con la suya libere a mayor número de los obligados en la letra.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 137 del LGTOC?

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