LGTOC

Artículo 210. Representante comun de los obligacionistas

Regula la figura del representante comun de los tenedores de obligaciones, sus funciones y responsabilidades.

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Texto Legal

Articulo 210 — Representante Comun

El representante comun de los obligacionistas tiene las siguientes funciones:

Funciones principales

1. Representar a los obligacionistas frente a la sociedad emisora
2. Vigilar el cumplimiento de las condiciones del acta de emision
3. Convocar asambleas de obligacionistas cuando sea necesario
4. Ejercer las acciones correspondientes para la defensa de los derechos de los obligacionistas
5. Asistir a las asambleas de accionistas de la sociedad emisora con voz pero sin voto

Designacion

Puede ser representante comun una institucion de credito, una casa de bolsa u otra persona autorizada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El representante comun es la figura clave que protege los intereses de los inversionistas en bonos corporativos. Para las empresas emisoras, la eleccion de un representante comun confiable y profesional es esencial para mantener la confianza del mercado y facilitar futuras emisiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 210 del LGTOC?

Regula la figura del representante comun de los tenedores de obligaciones, sus funciones y responsabilidades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 210 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: El representante comun es la figura clave que protege los intereses de los inversionistas en bonos corporativos. Para las empresas emisoras, la eleccion de un representante comun confiable y profesional es esencial para mantener la confianza del mercado y facilitar futuras emisiones.

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