Regula la novacion como forma de extincion de obligaciones derivadas de operaciones de credito.
La novacion se verifica cuando las partes sustituyen una obligacion anterior por una nueva.
1. La obligacion anterior se extingue
2. Las garantias de la obligacion anterior no pasan a la nueva, salvo pacto expreso
3. La novacion debe ser expresa; no se presume
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La novacion es frecuente en reestructuraciones de credito donde se sustituyen las condiciones originales. Es critico que las empresas verifiquen si las garantias de la obligacion anterior se trasladan a la nueva, pues sin pacto expreso estas se extinguen, dejando al acreedor desprotegido.
Art. 242. Compensacion en operaciones de credito
Regula la compensacion como forma de extincion de las obligaciones en operaciones de credito.
Art. 244. Prescripcion de obligaciones en operaciones de credito
Complementa las reglas de prescripcion para obligaciones derivadas de operaciones de credito especificas.
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