Establece que si el dia del vencimiento es inhabil, el pago puede hacerse el siguiente dia habil.
Si el dia del vencimiento del titulo de credito fuere inhabil, el titulo sera exigible el dia habil siguiente.
Esta disposicion aplica tanto para la presentacion del titulo para su pago como para la realizacion del protesto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Si un pagare vence en sabado, domingo o dia festivo, el pago es exigible el siguiente dia habil. Esto es relevante para el calculo de intereses moratorios y para la determinacion del momento a partir del cual se puede levantar el protesto. Recomendamos evitar vencimientos en dias inhabiles al redactar titulos de credito para eliminar cualquier ambiguedad.
Art. 42. Vencimiento de titulos de credito
Establece las formas de vencimiento de los titulos de credito: a la vista, a cierto tiempo vista, a cierto tiempo de la fecha y a dia fijo.
Art. 58. Accion cambiaria en via ejecutiva
Establece que la accion cambiaria es ejecutiva, pudiendo el tenedor embargar bienes del deudor sin necesidad de juicio previo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo