La Ley de Desarrollo Rural Sustentable regula las acciones y políticas destinadas a promover el desarrollo integral y sustentable de las comunidades rurales en Mexico. Esta ley aplica a los productores, organizaciones y dependencias gubernamentales involucradas en el sector agropecuario y rural. Entre los temas principales que cubre se encuentran el desarrollo rural, la sanidad y seguridad alimentaria, la comercializacion y financiamiento, asi como la organizacion y participacion de las comunidades. Su importancia radica en que proporciona un marco legal que facilita la gestion de recursos y la implementacion de programas de apoyo, lo cual es fundamental para abogados, contadores y ciudadanos interesados en el desarrollo economico y social de las zonas rurales.
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La Ley de Desarrollo Rural Sustentable busca promover el desarrollo rural sustentable en México, garantizando la rectoría del Estado y la equidad social. Se enfoca en la planeación y organización de la producción agropecuaria y la mejora de la calidad de vida en áreas rurales.
Los sujetos de esta Ley incluyen ejidos, comunidades y organizaciones de productores del medio rural, así como personas físicas o morales que realicen actividades en este ámbito. Esto asegura que diversas entidades se beneficien de las disposiciones legales.
Este artículo proporciona definiciones esenciales para entender los términos utilizados en la Ley, como actividades agropecuarias y bienestar social. Estas definiciones son fundamentales para la correcta interpretación y aplicación de la ley.
El Estado impulsará un proceso de transformación social y económica en el medio rural, buscando mejorar las condiciones de vida y fomentar la diversificación de actividades productivas. Este enfoque integral es clave para el desarrollo sustentable.
El Estado, en coordinación con gobiernos locales, impulsará políticas y programas prioritarios para el desarrollo rural, enfocándose en el bienestar social y la soberanía alimentaria. Esto busca corregir disparidades regionales y fomentar el desarrollo económico.
Las acciones del Estado en el medio rural serán consideradas prioritarias, buscando la equidad social y la sustentabilidad. Se enfatiza la importancia de la cadena de producción de fertilizantes como interés social.
El Estado promoverá la capitalización del sector rural mediante infraestructura y apoyos directos a productores. Esto busca mejorar la eficiencia y competitividad de las unidades de producción en el medio rural.
Las acciones de desarrollo rural se enfocarán en regiones con mayor rezago social y económico, promoviendo la inversión productiva y la diversificación de empleo. Esto busca mejorar el acceso a apoyos y servicios para la población rural.
Los programas para el desarrollo rural reconocerán la heterogeneidad socioeconómica y cultural de los sujetos de la Ley. Se establecerán estrategias que consideren las características de los productores y sus capacidades.
Se crea la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable, que tendrá un papel fundamental en la implementación de políticas y programas en este ámbito. Su función es coordinar esfuerzos entre diferentes niveles de gobierno.
Las acciones para el desarrollo rural se realizarán bajo criterios de preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales. Esto busca mitigar el impacto ambiental y fomentar la biodiversidad.
El Estado tiene la rectoría del desarrollo nacional y la conducción de la política de desarrollo rural sustentable, ejerciendo su autoridad a través de diversas dependencias y convenios con gobiernos locales.
La planeación del desarrollo rural sustentable será democrática y participativa, involucrando a diversos sectores y niveles de gobierno. Esto busca garantizar la congruencia en las acciones y programas del sector.
Se propone un Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, que incluirá políticas públicas orientadas a la generación de empleo y bienestar en zonas marginadas. Este programa prioriza a las poblaciones vulnerables.
El Programa Especial Concurrente fomentará acciones en diversas áreas, incluyendo educación, salud, infraestructura y equidad de género. Esto busca abordar integralmente las necesidades del medio rural.
El Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable será aprobado por el Presidente de la República y publicado en el Diario Oficial de la Federación. Este programa estará sujeto a revisiones y evaluaciones con la participación del Consejo Mexicano.
Se crea el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable como instancia consultiva del Gobierno Federal, representando los intereses de productores y agentes rurales. Este consejo coordinará actividades de difusión y promoción de programas relacionados.
El Consejo Mexicano promoverá la participación de organizaciones en la planeación y evaluación de programas agropecuarios a nivel estatal y municipal. Esto busca una acción descentralizada en el desarrollo rural sustentable.
El Ejecutivo Federal coordinará las acciones de dependencias relacionadas con el desarrollo rural sustentable, promoviendo la corresponsabilidad entre los distintos órdenes de gobierno. Esto se enmarca en un enfoque integral del Estado.
La Comisión Intersecretarial es responsable de coordinar y dar seguimiento a programas que impulsen el desarrollo rural sustentable. Esto incluye la asignación de responsabilidades a dependencias federales.
La Comisión Intersecretarial está compuesta por titulares de diversas dependencias del Ejecutivo Federal, presidida por la Secretaría de Agricultura. Su función es proponer políticas y evaluar programas de desarrollo rural.
La Comisión Intersecretarial ejecutará acciones conforme a su competencia y concertará con otros sectores para integrar sistemas y servicios especializados en desarrollo rural sustentable.
El federalismo y la descentralización son criterios rectores para los programas de apoyo al desarrollo rural sustentable, ajustando convenios entre distintos niveles de gobierno.
Se podrán integrar comités consultivos alimentarios en los consejos, que opinarán sobre producción agropecuaria considerando factores técnicos y económicos del territorio.
Este articulo establece la posibilidad de integrar comites consultivos alimentarios en los consejos mexicano, estatales, distritales y municipales. Su objetivo es aportar opiniones técnicas sobre la producción agropecuaria, considerando aspectos agroecológicos y socioeconómicos del territorio.
Los Consejos Estatales serán presididos por gobernadores y estarán compuestos por representantes de diversas dependencias y organizaciones del sector rural, asegurando una representación adecuada.
Los Consejos Estatales articularán proyectos y solicitudes de diversas regiones, integrando acciones de programas sectoriales al programa especial concurrente.
El Gobierno Federal celebrará convenios con entidades federativas para definir responsabilidades en el cumplimiento de objetivos de programas sectoriales, promoviendo la corresponsabilidad.
Los convenios entre dependencias del sector público y gobiernos estatales deberán prever mecanismos para administrar recursos destinados a programas de apoyo, incluyendo la entrega directa a beneficiarios.
Los Distritos de Desarrollo Rural serán la base para la organización de programas operativos, apoyando la gestión municipal y la creación de Consejos Municipales.
Cada distrito contará con un órgano colegiado que integrará a diversas autoridades y representantes de productores. Este órgano será clave para la coordinación de acciones en el desarrollo rural sustentable.
Los Distritos de Desarrollo Rural tienen diversas responsabilidades, desde articular políticas hasta asesorar a productores. Su función es vital para el desarrollo rural sustentable y la mejora de la infraestructura.
El Ejecutivo Federal fomentará actividades económicas en el ámbito rural para aumentar la productividad y competitividad. Se busca fortalecer el empleo y mejorar los ingresos de los productores.
La Comisión Intersecretarial integrará una Política Nacional de Investigación para el Desarrollo Rural Sustentable. Esta política será multidisciplinaria y buscará atender las necesidades del sector rural.
Se establecerá un Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable. Este sistema coordinará esfuerzos para atender las necesidades de los productores.
El Sistema Nacional de Investigación será dirigido por la Secretaría e incluirá diversas instituciones y organizaciones. Su objetivo es fomentar la producción rural a través de la investigación.
El Gobierno Federal impulsará la investigación agropecuaria y el desarrollo tecnológico, coordinando esfuerzos con diversas instituciones. Se busca validar tecnologías aplicables al contexto nacional.
El Sistema Nacional de Investigación atenderá las necesidades de ciencia y tecnología de los productores. Se busca fomentar la investigación y la transferencia de tecnología agropecuaria.
El Sistema Nacional de Investigación promoverá la investigación y desarrollo tecnológico en todas las entidades federativas. Se incluirán previsiones presupuestarias para su funcionamiento.
La Comisión Intersecretarial coordinará la evaluación y registro de tecnologías para el sector agropecuario. Se considerarán las condiciones agroambientales y socioeconómicas de los productores.
El Gobierno Federal regulará la investigación y uso de organismos genéticamente modificados, garantizando la bioseguridad. Se buscará proteger la salud y el medio ambiente.
Las acciones de capacitación y asistencia técnica son fundamentales para el desarrollo rural sustentable. Se busca vincular a todos los actores del sector en un proceso integral.
El Gobierno Federal desarrollará una política de capacitación para mejorar las habilidades de los productores. Se busca fomentar la autonomía y el aprovechamiento de oportunidades.
Se establecerá un Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral para articular capacidades en el sector. Se utilizarán tecnologías de información para su implementación.
El Sistema Nacional de Capacitación será coordinado por la Secretaría e incluirá diversas instancias de capacitación. Se busca fortalecer la formación en el sector rural.
Este artículo establece las acciones que coordinará el Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, incluyendo la elaboración de programas de capacitación y la mejora de la calidad de los servicios. Se busca articular esfuerzos entre diferentes instancias para optimizar la capacitación rural.
El artículo detalla los propósitos del Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, que incluyen coordinar acciones de capacitación y potenciar recursos para el desarrollo rural. Se busca homologar y validar las acciones de capacitación en el sector.
Se establece el Servicio Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral como la instancia responsable de dirigir y ejecutar actividades de capacitación. Este servicio será fundamental para la implementación de programas de capacitación en el sector rural.
El artículo describe la composición del consejo interno que dirigirá el Servicio Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, incluyendo representantes de diversas secretarías y organizaciones. Este consejo será clave para la toma de decisiones en capacitación.
El Gobierno Federal promoverá la capacitación en proyectos específicos, considerando las necesidades locales y la participación de productores. Se enfatiza el uso sustentable de recursos y el desarrollo de empresas rurales.
La Comisión Intersecretarial impulsará el Servicio Nacional de Capacitación, promoviendo un mercado de servicios especializado en el sector rural. Se atenderán de manera diferenciada a productores en zonas marginadas.
El Gobierno Federal fomentará la generación de capacidades de asistencia técnica entre organizaciones de productores, que podrán recibir apoyo estatal. Esto busca fortalecer la capacidad de gestión en el sector rural.
El artículo establece las materias que serán objeto de asistencia técnica y capacitación, incluyendo la transferencia de tecnología sustentable y la preservación de prácticas tradicionales. Se busca un enfoque integral en la capacitación.
Se estimulará la reconversión productiva sustentable mediante apoyos e inversiones. El Gobierno Federal podrá suscribir contratos para el aprovechamiento sustentable de tierras, buscando mejorar la productividad y proteger el medio ambiente.
El Estado creará instrumentos de política para asegurar alternativas para las unidades de producción rezagadas, priorizando actividades que preserven el equilibrio de agroecosistemas. Esto busca fomentar un desarrollo inclusivo en el campo.
Los apoyos para el cambio de estructura productiva buscan responder a la demanda de productos básicos y fomentar el uso eficiente de tierras. Se priorizarán prácticas sustentables y la generación de empleo local.
Se apoyará a los productores para incorporar cambios tecnológicos que mejoren la producción y la eficiencia. Se busca adaptar tecnologías a las realidades culturales y ambientales de las comunidades rurales.
Los apoyos para la reconversión productiva incluirán estudios de factibilidad y capacitación. Se buscará promover un uso sustentable de los recursos naturales en tierras frágiles.
Se priorizarán proyectos que se integren en programas de desarrollo regional, buscando coordinar esfuerzos entre los diferentes niveles de gobierno y productores. Esto busca maximizar la eficacia de las acciones de reconversión.
Los apoyos a la reconversión en agropecuaria se orientarán a fomentar empresas colectivas y convenios entre industrias y productores. Se priorizarán tecnologías sustentables y modernización de infraestructura.
El Gobierno Federal promovera la capitalizacion de actividades productivas del sector rural mediante instrumentos y mecanismos financieros en programas sectoriales. Estos mecanismos fomentan la inversion de sectores publico, privado y social.
Gobiernos federal, estatal y municipal promoveran infraestructura para mejorar condiciones productivas del campo. Apoyaran capitalizacion de unidades productivas en fases de produccion, transformacion y comercializacion.
Los apoyos de capitalizacion elevan productividad de factores, rentabilidad y conservacion de recursos naturales. El Gobierno Federal otorgara estimulos para tecnologias apropiadas, reconversion de procesos e integracion de cadenas productivas.
Productores y organizaciones pueden hacer aportaciones mediante capital, trabajo, equipo, infraestructura, insumos o uso de recursos naturales. Esto permite participacion flexible en proyectos de capitalizacion.
El Ejecutivo Federal aportara recursos del Presupuesto de Egresos complementados por gobiernos locales. Los recursos compartiran riesgos de reconversion, cubriran faltantes de productos basicos e incrementaran productividad.
El Gobierno Federal define montos de recursos para apoyar temporalmente productores en proyectos de reconversion estrategica bajo marco de riesgo compartido. Las utilidades generadas favorecen a los productores.
Solo ejidatarios, comuneros, colonos y pequenos propietarios pueden acceder a riesgo compartido si cumplen programas de fomento. Prioridad para productores con hasta 10 hectareas de riego.
El Gobierno Federal apoyara capitalizacion mediante inversion directa, financiamiento, capital de riesgo, asociaciones y formacion de directivos. Contribuye a formacion de capital humano, social y natural.
El Gobierno Federal otorgara apoyos con previsiones de mediano plazo segun criterios de la Comision Intersecretarial. Los apoyos se condicionan a disponibilidades presupuestales autorizadas legislativamente.
El Ejecutivo Federal debe incluir en la Iniciativa de Ley de Ingresos y Decreto de Presupuesto de Egresos las previsiones de recursos necesarios. Estos deben garantizar cumplimiento de la Ley de Desarrollo Rural.
Las proyecciones de mediano plazo buscan dar certidumbre a productores sobre apoyos futuros y permitir acceso anticipado a recursos. Mejora competitividad y aprovechia oportunidades de tratados internacionales.
Los apoyos deben orientarse a modernizacion de infraestructura, convenios industria-productor, empresas colectivas, asociaciones de productores, restauracion de tierras, tecnologias sustentables y otros fines de la Comision.
Los recursos presupuestales promueven produccion de bienes y servicios, fortalecen balanza comercial agroalimentaria, mejoran cadenas productivas, acceso a alimentos, tierras y servicios ambientales, reducen desigualdad y competitividad global.
Los apoyos se otorgaran mediante proyectos financiera y tecnicamente viables que permitan produccion segun aptitud natural del predio. Permite anticipar apoyos multianuales cumpliendo requisitos.
Los apoyos multianuales deben cumplir directrices de certidumbre, precision segun tipo de productor, oportunidad, transparencia, responsabilidad del beneficiario y evaluacion de eficiencia.
Los beneficiarios pueden destinar recursos de apoyos como fuente de pago o como garantia de proyectos, ampliando flexibilidad en uso de fondos.
La Comision Intersecretarial propone orientaciones para anticipos de mediano plazo conforme a la Ley. Cada dependencia competente aplica e interpreta las disposiciones para efectos administrativos.
La operacion, administracion y control de anticipos sera normada por dependencias competentes con criterios de federalizacion y descentralizacion. La Comision propone mecanismos de seguimiento y verifica correcta aplicacion.
La Comision Intersecretarial con participacion del Consejo Mexicano conocera inconformidades en aplicacion de anticipos mediano y largo plazo, emitiendo opiniones correspondientes.
El Gobierno Federal otorgara apoyos para compensar desigualdades de productores nacionales respecto de paises con tratados comerciales. Los apoyos se mantienen si contribuyen a seguridad y soberania alimentaria.
El Gobierno Federal implementará un programa de apoyo directo a productores en condiciones de pobreza, buscando mejorar sus ingresos. Este apoyo no limita el acceso a otros programas públicos disponibles.
Se impulsará la inversión y expansión de la infraestructura hidroagrícola como clave para el desarrollo rural sustentable. Se busca un uso racional de los recursos hidráulicos del país.
La expansión y modernización de la infraestructura hidroagrícola se regirá por criterios que buscan incrementar la productividad y seguridad alimentaria. Se priorizará la sustentabilidad y la competitividad de los productores.
El Gobierno Federal apoyará obras de conservación de suelos y aguas, priorizando la modernización de infraestructura hidroagrícola. Se busca un enfoque integral para el uso eficiente del agua.
Se promoverá el desarrollo de electrificación y caminos rurales como elementos clave para mejorar la vida en el medio rural. Se busca abatir rezagos de aislamiento y mejorar la infraestructura productiva.
La modernización de infraestructura atenderá las necesidades sociales y económicas de las regiones con mayor rezago. Se busca un desarrollo integral en el medio rural.
El Gobierno Federal buscará impulsar la productividad de las unidades económicas mediante la capitalización y mejoramiento tecnológico. Se priorizará a productores con potencial pero sin condiciones adecuadas.
Los apoyos se orientarán a complementar las capacidades económicas de los productores para realizar inversiones en tecnificación del riego y adquisición de insumos. Se busca fomentar el desarrollo rural sustentable.
Se complementará la capacidad económica de los productores ganaderos para incrementar la disponibilidad de alimento y mejorar la infraestructura pecuaria. Se busca fomentar el desarrollo pecuario sustentable.
Se apoyará la formación y consolidación de empresas rurales mediante inversiones en organización y capacitación. Se busca mejorar la competitividad y sostenibilidad de estas empresas.
El Gobierno Federal establecerá la vigencia del apoyo al productor, incluyendo tiempo, monto y requisitos para recibirlo. Se busca claridad en la asignación de apoyos.
La política en sanidad vegetal y animal busca reducir riesgos para la producción y fortalecer la comercialización de productos. Se regulará el manejo de organismos genéticamente modificados.
Se establecerá un Sistema Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agropecuaria, coordinado por la Secretaría correspondiente. Este sistema busca integrar esfuerzos para garantizar la sanidad en el sector.
La Comisión Intersecretarial fomentará la normalización y campañas de emergencia en sanidad agropecuaria. Se buscará la concertación con gobiernos y productores para mejorar la sanidad.
Se garantizará la inspección en puertos y fronteras para verificar el cumplimiento de normas en productos agropecuarios. Se busca prevenir riesgos sanitarios y facilitar la movilización de productos.
La Comisión Intersecretarial propondrá la adhesión a tratados sobre sanidad agropecuaria y organismos genéticamente modificados. También promoverá acuerdos para la armonización de disposiciones fitozoosanitarias a nivel internacional.
El Estado participará en foros internacionales sobre criterios cuarentenarios y promoverá la formulación de criterios para la inocuidad alimentaria. Se realizarán campañas fitozoosanitarias conjuntas con otros países de la región.
Se establecerán mecanismos para asegurar que los organismos genéticamente modificados sean inocuos para la salud. Se aplicará el principio de precaución ante riesgos fitozoosanitarios.
El Gobierno Federal establecerá el Servicio Nacional de Normalización e Inspección de Productos Agropecuarios. Este servicio se regirá por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
El Servicio Nacional promoverá la elaboración y certificación de normas sanitarias y de calidad para el manejo y almacenamiento de productos agropecuarios. También facilitará transacciones comerciales.
El Servicio promovera la expedicion de normas oficiales mexicanas relativas a inocuidad en almacenamiento de productos agropecuarios, medidas sanitarias y especificaciones para redes de frio. Busca prevenir enfermedades y plagas en la cadena de suministro.
Define el Servicio Nacional de Inspeccion y Certificacion de Semillas como instancia coordinadora de actividades de produccion, certificacion y comercio de semillas bajo coordinacion de la Secretaria correspondiente.
Establece cinco objetivos principales: politicas sobre recursos fitogeneticos, lineamientos de certificacion, proteccion de derechos de obtentores, difusion de actos protectorios e inspeccion de organismos geneticamente modificados conforme a legislacion aplicable.
Faculta al Ejecutivo Federal para expedir disposiciones reglamentarias y a la Comision Intersecretarial para acordar medidas administrativas, estableciendo mecanismos institucionales y convenios con entidades federativas.
Establece politica de promocion y apoyo a comercializacion agropecuaria mediante coordinacion institucional y privada, acreditando sanitariedad, calidad, inocuidad y sustentabilidad para mejorar competitividad de cadenas productivas.
Enumera diez propositos de la politica de comercializacion: reglas equitativas, articulation con transformacion, competitividad, certidumbre productiva, abasto alimentario, precio justo y evitar practicas especulativas.
Encomienda a la Comision Intersecretarial elaborar el Programa Basico de Produccion y Comercializacion con participacion de Comites Sistema Producto, incorporando los programas anuales a presupuestos sectoriales.
Define el Programa Basico como instrumento de coordinacion de servicios e incorpora estimaciones de volumen de apoyos, mercados de consumo y presupuesto de comercializacion para cada ciclo, producto y region.
Faculta al Gobierno Federal para promover celebracion de convenios y esquemas de produccion por contrato mediante organizacion de productores y canalizacion de apoyos directos.
Establece obligacion estatal de integrar y difundir informacion de mercados sobre demanda, oferta, inventarios, expectativas de produccion y cotizaciones de precios, ademas de programas de capacitacion en operaciones comerciales.
Autoriza aplicacion de medidas protectoristas como pagos compensatorios, gravamenes, aranceles, cupos y salvaguardas propuestas por Comites Sistema-Producto, e instrumenta acciones contra importaciones subsidiadas.
Define mecanismo para identificar productos con dificultades de comercializacion que afecten ingresos productores, creando estımulos, incentivos, compras preferenciales gubernamentales y acciones de acercamiento a empresas consumidoras.
Faculta a la Secretaria para determinar monto y forma de asignar apoyos directos considerados en presupuesto anual, buscando rentabilidad agropecuaria, competitividad e ingreso permanente de productores.
Promueve exportaciones mediante acreditamiento de sanitariedad, calidad, inocuidad, caracter organico y sustentable, implementando programas que estimulen produccion y transformacion para mercados internacionales.
Autoriza celebracion de convenios internacionales de reconocimiento mutuo en materia de evaluacion de conformidad de productos agropecuarios sujetos a normalizacion sanitaria e inocuidad.
Promueve constitucion, integracion y capitalizacion de empresas comercializadoras de sectores social y privado para acopio y venta, incluyendo acondicionamiento e industrializacion, ademas de estudios de mercado y asistencia exportadora.
Establece obligacion de constituir padron anual de comercializadores confiables para productos agricolas y derivados, publicado en Diario Oficial y disponible en linea, coordinado por Secretaria de Economia.
Define politica de financiamiento multipla en modalidades e instituciones para productores y organizaciones economicas rurales, con preferencia para pequenos productores, zonas deprimidas, proyectos rentables y banca social.
Garantiza autonomia en gobierno y decisiones de instituciones del Sistema Nacional de Financiamiento Rural, estableciendo obligacion de informes anuales publicos y reportes trimestrales de gestion crediticia a Sistema Nacional de Informacion.
Limita participacion estatal en servicios financieros directos, concentrando esfuerzos en fomento e intermediacion, e impulsa servicios de credito, ahorro, seguros, remesas, pagos y capital de riesgo mediante diversas modalidades.
La Comision Intersecretarial define mecanismos para conectar banca social con programas gubernamentales y bancas de desarrollo. Establece apoyos especiales incluyendo capital semilla, creditos de largo plazo, asistencia tecnica y refinanciamiento para iniciativas financieras locales viables.
El Ejecutivo Federal impulsa mecanismos en la banca para complementar financiamiento del sector con tasas de interes preferentes. Los productores de basicos, estrategicos o con bajos ingresos tienen preferencia en acceso.
El Gobierno Federal promueve esquemas locales de financiamiento rural con criterios de viabilidad y autosuficiencia. Realiza acciones como apoyo a proyectos locales, capital humano y canalizacion de apoyos economicos para sistemas financieros descentralizados.
La Comision Intersecretarial coordina con Hacienda para establecer fondos que apoyen capitalizacion de inversiones, formulacion de proyectos, garantias para proyectos estrategicos y cumplimiento de programas gubernamentales.
El Gobierno Federal coordina esfuerzos entre banca de desarrollo, comercial y social reconociendo organismos financieros de productores. Establece medidas para dar viabilidad al desarrollo de banca social.
La Comision Intersecretarial promueve cambio tecnologico mediante esquemas de riesgo compartido con productores. Provee instrumentos y recursos publicos diferenciados para zonas con menor desarrollo.
El Gobierno Federal promueve apoyos al productor para cubrir primas de aseguramiento de riesgos y mercado. Los apoyos se entregan por organizaciones mutualistas, fondos de aseguramiento o empresas aseguradoras.
El Gobierno Federal orienta servicios privados y mutualistas de aseguramiento hacia apoyo de productores. Incluye cobertura de riesgos climatologicos, sanitarios, paridad cambiaria, mercado y desastres naturales.
La Comision Intersecretarial promueve utilizacion de instrumentos para administracion de riesgos de produccion y mercado. Facilita acceso de productores a fondos de aseguramiento, esquemas mutualistas y coberturas de precios en mercados de futuros.
La Comision Intersecretarial promueve programa para formacion de organizaciones mutualistas y fondos de autoaseguramiento. Crea organismos especializados de productores para administracion de coberturas de precios y servicios inherentes.
El Gobierno Federal crea fondo administrado con criterios de equidad social para atender poblacion rural afectada por contingencias climatologicas. Incluye recursos federales y estatales para reincorporar productores a actividad productiva.
La Comision Intersecretarial establece programas de reconversion productiva en regiones con siniestralidad recurrente y baja productividad. Busca reducir indices de siniestralidad y vulnerabilidad ante contingencias climatologicas.
El Gobierno Federal formula y mantiene actualizada una Carta de Riesgo en cuencas hidricas para establecer programas de prevencion de desastres. Incluye obras de conservacion de suelo, agua y manejo de avenidas.
Los apoyos de reconversion se aplican en regiones que requieran programas segun determinacion del Consejo Estatal considerando alternativas sustentables. Operan coordinados con programas de los tres ordenes de gobierno.
El Gobierno Federal procura apoyos para compensar productores por desastres naturales en regiones determinadas y contingencias de mercado. Modalidades y mecanismos seran definidos por dependencias y ordenes de gobierno participantes.
El Gobierno Federal implanta Sistema Nacional de Informacion para Desarrollo Rural Sustentable con componentes economicos, estadistica agropecuaria, recursos naturales y servicios. Integra informacion internacional, nacional, estatal y municipal sobre mercados.
El Sistema Nacional de Informacion integra esfuerzos con participacion de instituciones publicas, universidades, centros de investigacion, Conacyt, Consejo Mexicano y organismos internacionales de investigacion agropecuaria.
La Comision Intersecretarial coordina esfuerzos y sistematiza informacion de gobiernos federal, estatal y municipal sobre comercializacion, estudios, comercio internacional, climatologia, recursos naturales y tecnologia rural.
El Sistema Nacional de Informacion estara disponible a consulta abierta en oficinas institucionales, Distritos de Desarrollo Rural y medios electronicos. Se difunde en niveles nacional, estatal, municipal y regional.
La informacion del Sistema se considera de interes publico y responsabilidad del Estado. Integra paquete basico de informacion que permite a productores fortalecer autonomia en toma de decisiones.
Define la regionalizacion de areas geograficas considerando variables socioeconomicas, culturales, agronómicas e infraestructura para impulsar cambio estructural y reconversion productiva. Abarca distritos de Desarrollo Rural, municipios y puede comprender delimitaciones interestatal mediante convenios.
Establece la obligacion de crear y mantener un padron unico de organizaciones y sujetos beneficiarios usando CURP y RFC, actualizable anualmente. La inscripcion es requisito indispensable para acceder a programas e instrumentos de fomento.
Obliga al Gobierno Federal a crear y mantener un padron de tecnologias, prestadores de servicios, empresas agroalimentarias, distribuidores de insumos y un catalogo de investigadores e investigaciones rurales.
Autoriza a la Secretaria y dependencias coordinadas proporcionar asistencia tecnica a agentes de la sociedad rural para su inscripcion en el padron unico de beneficiarios.
Reconoce el derecho de productores y agentes rurales a asociarse libre, voluntaria y democraticamente para articular cadenas produccion-consumo. Fomenta capacitacion, fortalecimiento institucional y elevacion de capacidad de negociacion.
Define siete prioridades para asociacion rural: participacion en politicas, concertacion, autogestión, articulacion de cadenas, reduccion intermediacion, capacitacion diversificada e integracion de unidades minifundio.
Reconoce como validas las formas de organizacion reguladas por la Ley de Desarrollo Rural, Ley Agraria, Ley de Organizaciones Ganaderas, Ley de Asociaciones Agrícolas y demas leyes federales y locales.
Declara como sujetos de atencion prioritaria a miembros de ejidos, comunidades y pequeños propietarios en condiciones de pobreza. Obliga promoción de su participacion en planeacion a nivel nacional, estatal y municipal.
Establece la creacion del Servicio Nacional del Registro Agropecuario con fe pública para organizaciones rurales, generando validez legal en aspectos de desarrollo rural, ganaderia y ordenamientos aplicables.
Compromete presupuesto federal para apoyar constitucion, operacion y consolidacion de organizaciones rurales. Requiere estar vigentes, cumplir legislacion aplicable y presentar programas evaluados por autoridades.
Define Sistemas-Producto como comités para concertacion entre productores, agroindustriales y comercializadores. Establece seis objetivos incluyendo planes expansion, alianzas estrategicas, normas comerciales y definicion de aranceles.
Establece un Comité Nacional por cada producto basico o estrategico, presidido por institucion responsable e integrado por publicos y privados. Representa al Consejo Mexicano mediante presidente y miembro no gubernamental.
Promueve creacion de comités regionales para planear y organizar produccion, mejorando productividad y rentabilidad a nivel regional en concordancia con programas estatales.
Autoriza a Sistemas-Producto establecer medidas convenidas entre integrantes para mejor desarrollo de cadenas productivas dentro de normatividad vigente.
Encomienda a Comision Intersecretarial con participacion del Consejo Mexicano establecer lineamientos para Programa Nacional de Fomento a la Organizacion Economica del Sector Rural.
Compromete gobierno federal impulsar programas integrados en salud, educacion, alimentacion, vivienda, equidad genero, atencion jovenes, tercera edad, pueblos indigenas y afromexicanos. Establece modalidades de educacion, nutricion y vivienda rural.
Establece que Estado priorizara apoyos a grupos vulnerables en regiones de alta y muy alta marginacion con pobreza extrema, sin limitar su acceso a otros programas del Programa Especial Concurrente.
Permite organizaciones economicas y sociales rurales otorgar seguridad social a miembros mediante convenios voluntarios con IMSS, incluyendo regimen solidaridad para poblacion pobreza extrema.
Obliga IMSS formular programas permanentes de incorporacion a regimen solidaridad para trabajadores agricolas indigenas, temporaleros de alta marginalidad y familias campesinas en pobreza extrema.
Remite a Ley Federal del Trabajo y Ley del Seguro Social para regimen obligatorio de trabajadores asalariados rurales, manteniendo continuidad normativa.
Establece que la atencion a productores en municipios de alta marginacion debe seguir un enfoque de justicia social y equidad, respetando valores culturales. Promueve diversificacion de actividades economicas en economias campesinas para reducir costos de transaccion.
La Comision Intersecretarial con participacion del Consejo Mexicano define regiones de atencion prioritaria para desarrollo rural. Estas regiones reciben consideracion preferente en programas federales.
Describe doce propositos de los programas federales para zonas prioritarias, incluyendo acceso a activos, tecnologia, capacitacion, empresas rurales, diversificacion economica y acceso a mercados.
Ordena formular programas especiales para etnias, jovenes, mujeres, jornaleros, adultos mayores y discapacitados rurales, combinando incentivos productivos, asistencia y programas de empleo temporal.
La Comision Intersecretarial propondra programas para defensa de derechos humanos y apoyo a poblacion migrante, incluyendo medidas de arraigo en lugares de origen.
Establece que sustentabilidad es criterio rector en fomento a actividades productivas para uso racional de recursos naturales. Productores deben seleccionar tecnicas y cultivos que garanticen conservacion de productividad.
Gobiernos federal, estatal y municipal fomentaran el uso de suelo mas pertinente segun caracteristicas y potencial productivo, promoviendo procesos de produccion que conserven y mejoren tierras y agua.
Comision Intersecretarial establecera medidas de regulacion y fomento para asignacion adecuada de carga ganadera segun capacidad de pastoreo e incremento de su condicion.
Programas de fomento productivo atendearan reducir riesgos por uso de fuego y emision de contaminantes, ofreciendo alternativas de produccion con mayor potencial y rentabilidad economica.
Comision promovera programa de cultura del cuidado del agua. Programas de tecnificacion de riego daran prioridad a regiones con sobreexplotacion de acuiferos o degradacion de calidad.
Gobierno Federal estimulara a productores para adopcion de tecnologias que optimicen uso de agua y energia e incrementen productividad sustentable, mediante contratos del articulo 53.
Comision Intersecretarial determinara zonas de reconversion productiva con atencion prioritaria cuando fragilidad, degradacion o sobreutilizacion de recursos naturales lo amerite.
Gobierno Federal apoyara a productores en zonas de reconversion, especialmente partes altas de cuencas, para transformacion de actividades productivas mediante practicas sustentables que reduzcan desastres naturales.
Politica y programas de fomento atendearan sustentabilidad en relacion con aprovechamiento de recursos, tomando en cuenta aceptacion de practicas por productores. SEMARNAT marca tierras fragiles y preferentemente forestales.
Estado promovera reestructuracion de unidades productivas rurales para que su tamaño permita explotacion rentable con tecnicas que conserven recursos naturales. Propietarios que participen reciben apoyos prioritarios.
Procesos de reestructuracion deben atender determinaciones de regulacion agraria, derechos de preferencia y tanto, normatividad de asentamientos humanos y equilibrio ecologico.
Ejidatarios, comuneros, pueblos indígenas y afromexicanos en areas naturales protegidas tienen prioridad para obtener permisos y autorizaciones de actividades economicas. Gobierno Federal proporciona asesoria tecnica y legal.
Nucleos agrarios y pueblos indígenas y afromexicanos pueden realizar acciones de uso, extraccion y aprovechamiento de biodiversidad. Comision Intersecretarial establecera medidas para proteger biodiversidad nacional y derechos intelectuales.
Contratos para cuidado y proteccion de la naturaleza requieren autorizacion de SEMARNAT para tener validez legal, segun Ley General de Equilibrio Ecologico y Vida Silvestre.
Estado establecera medidas para procurar abasto de alimentos y productos basicos estrategicos a poblacion, priorizando acceso a grupos menos favorecidos y produccion nacional.
Define la lista de productos considerados basicos y estrategicos para el pais, incluyendo maiz, frijol, cafe, huevo, leche y carnes. La Comision Intersecretarial puede modificar esta clasificacion anualmente o de manera extraordinaria.
Establece que el Gobierno Federal debe conducir su politica agropecuaria para lograr inocuidad, seguridad y soberania alimentaria mediante produccion y abasto de productos basicos. Vincula programas de fomento con acuerdos internacionales.
La Comision Intersecretarial con participacion de consejos y agentes del sector rural sera responsable de evaluar el cumplimiento de las disposiciones sobre soberania y seguridad alimentaria establecidas en la ley.
Las acciones para soberania y seguridad alimentaria deben abarcar a todos los productores, con atencion prioritaria a pequenos productores en pobreza, impulsando integracion de cadenas productivas de alimentos.
Define ocho lineas de accion que el Gobierno Federal debe impulsar en zonas productoras: identificacion de demanda, evaluacion de riesgos alimentarios, capacitacion tecnica, certificacion de calidad, compromisos de productividad, practicas sustentables, proteccion ambiental y certidumbre economica.
Establece la creacion del Servicio Nacional de Arbitraje en el Sector Rural para resolver controversias en transacciones agroalimentarias. Otorga certidumbre y confianza respecto a calidad, cantidad, oportunidad de productos y servicios.
Define los propositos del Servicio Nacional de Arbitraje: promover sistema arbitral voluntario, actuar como mediador, resolver controversias, asesorar juridicamente, acreditar unidades de arbitraje y otras funciones determinadas en sus reglas.
La Comision Intersecretarial apoyara al Servicio Nacional de Arbitraje para expandir su cobertura a regiones prioritarias y aprobara unidades de arbitraje conforme a la Ley Federal sobre Metrologia y Normalizacion. Permite constituir juntas permanentes de arbitraje para Sistemas-Producto.
La Comision Intersecretarial propone asignacion de estimulos fiscales a acciones de produccion, reconversion, industrializacion e inversion en zonas rurales, dentro del marco de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
Los apoyos economicos de los tres ordenes de gobierno deben cumplir criterios de generalidad, temporalidad y proteccion de finanzas publicas. Los programas federales deben fortalecer produccion interna, balanza comercial, adecuaciones estructurales y reducir desigualdad.
Los proyectos de Presupuesto de Egresos deben ser congruentes con objetivos, metas y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, Programas Sectoriales y Programa Especial Concurrente para impulsar desarrollo rural sustentable.
Define cinco rubros presupuestales: apoyos para adquisicion de activos e insumos, apoyos a comercializacion y financiamiento, provisiones de activos publicos, apoyos a zonas aridas y marginadas, y estimulos para tecnologias conservacionistas.
Los apoyos buscan impulsar productividad, crear empresas rurales y fortalecer ingresos. Debe observar ocho criterios: certidumbre de temporalidad, compensacion de desequilibrios, precision por tipo de productor, atencion a demanda, concurrencia de recursos, transparencia, evaluacion de impacto y responsabilidad.
Nuestros especialistas pueden analizar la aplicación de estas disposiciones a tu caso particular.
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