LDRS

Artículo 21. Integración de la Comisión Intersecretarial

La Comisión Intersecretarial está compuesta por titulares de diversas dependencias del Ejecutivo Federal, presidida por la Secretaría de Agricultura. Su función es proponer políticas y evaluar programas de desarrollo rural.

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Texto Legal

La Comisión Intersecretarial estará integrada por los titulares de las siguientes dependencias del Ejecutivo Federal: a) Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación cuyo titular la presidirá; b) Secretaría de Economía; c) Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; d) Secretaría de Hacienda y Crédito Público; e) Secretaría de Comunicaciones y Transportes; f) Secretaría de Salud; g) Secretaría de Desarrollo Social; h) Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; i) Secretaría de Educación Pública; j) Secretaría de Energía; y las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo que se consideren necesarias, de acuerdo con los temas de que se trate. Párrafo reformado DOF 02-02-2007, 20-06-2018

Cada uno de los integrantes de la Comisión tendrá un suplente que, en el caso de las dependencias, será el subsecretario que tenga mayor relación con los asuntos del desarrollo rural.

La Comisión Intersecretarial, a través de su Presidente, podrá convocar a las sesiones a otras dependencias del Ejecutivo Federal y a entidades del sector público, con objeto de que informen de los asuntos de su competencia, relacionados con el desarrollo rural sustentable.

La Comisión Intersecretarial propondrá al Ejecutivo Federal las políticas y criterios para la formulación de programas y acciones de las dependencias y entidades del sector público y evaluará, periódicamente, los programas relacionados con el desarrollo rural sustentable. En su caso, la Comisión Intersecretarial someterá a la aprobación del Ejecutivo Federal nuevos programas de fomento agropecuario y de desarrollo rural sustentable para ser incluidos en el Proyecto de Presupuesto de Egresos correspondiente.

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Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer la composición de la Comisión Intersecretarial permite a los profesionales anticipar cambios en las políticas y programas que afectan el desarrollo rural.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del LDRS?

La Comisión Intersecretarial está compuesta por titulares de diversas dependencias del Ejecutivo Federal, presidida por la Secretaría de Agricultura. Su función es proponer políticas y evaluar programas de desarrollo rural.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable?

Conocer la composición de la Comisión Intersecretarial permite a los profesionales anticipar cambios en las políticas y programas que afectan el desarrollo rural.

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