Los proyectos de Presupuesto de Egresos deben ser congruentes con objetivos, metas y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, Programas Sectoriales y Programa Especial Concurrente para impulsar desarrollo rural sustentable.
Los proyectos de Presupuesto de Egresos que formule el Ejecutivo Federal deberán ser congruentes, según lo dispone el artículo 40 de la Ley de Planeación, con los objetivos, las metas y las prioridades establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, los Programas Sectoriales correlacionados y el Programa Especial Concurrente, definidos para el corto y mediano plazos. En dichos proyectos e instrumentos, a iniciativa del Ejecutivo Federal, se tomará en cuenta la necesidad de coordinar las acciones de las distintas dependencias y entidades federales para impulsar el desarrollo rural sustentable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establece vinculacion entre presupuesto y planeacion nacional. Los contadores deben estar atentos a cambios en prioridades nacionales que afecten disponibilidad de programas de apoyo para el sector rural.
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Art. 188. Criterios para apoyos economicos gubernamentales
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