LDRS

Artículo 114. Convenios reconocimiento mutuo evaluacion conformidad

Autoriza celebracion de convenios internacionales de reconocimiento mutuo en materia de evaluacion de conformidad de productos agropecuarios sujetos a normalizacion sanitaria e inocuidad.

tratados internacionalesinocuidadconformidadreciprocidad comercial

Texto Legal

Con base en lo previsto en los convenios internacionales y en términos de reciprocidad al tratamiento de las exportaciones de productos nacionales, el Gobierno Federal promoverá la suscripción de convenios de reconocimiento mutuo en materia de evaluación de la conformidad de productos agropecuarios sujetos a normalización sanitaria e inocuidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo que facilita comercio internacional mediante armonizacion de certificaciones. Los exportadores pueden beneficiarse de convenios bilaterales que reconocen certificaciones mexicanas sin duplicar evaluaciones en paises destino.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 114 del LDRS?

Autoriza celebracion de convenios internacionales de reconocimiento mutuo en materia de evaluacion de conformidad de productos agropecuarios sujetos a normalizacion sanitaria e inocuidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 114 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable?

Articulo que facilita comercio internacional mediante armonizacion de certificaciones. Los exportadores pueden beneficiarse de convenios bilaterales que reconocen certificaciones mexicanas sin duplicar evaluaciones en paises destino.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 114 del LDRS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 114 LDRS desde tu celular