El Gobierno Federal otorgara apoyos para compensar desigualdades de productores nacionales respecto de paises con tratados comerciales. Los apoyos se mantienen si contribuyen a seguridad y soberania alimentaria.
El Gobierno Federal otorgará, de acuerdo con sus disponibilidades y con los compromisos internacionales adquiridos por el país, apoyos para compensar las desigualdades de los productores nacionales respecto de los productores de los países con los que existen tratados comerciales.
Los apoyos a la comercialización, que el Gobierno Federal canalice para compensar las desigualdades de los productores nacionales respecto de los países con los que existen tratados comerciales se otorgarán, mantendrán y actualizarán en la medida que contribuyan a la seguridad y soberanía alimentarias establecidas en los artículos 179 y 183 de la presente Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es clave para productores en sectores competidores de importaciones. Documenta el impacto de importaciones y demostrabilidad de daño para acceder a estos apoyos compensatorios.
Anterior
Art. 78. Conocimiento de Inconformidades en Apoyos
Siguiente
Art. 80. Programa de apoyo a productores pobres
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo