LDRS

Artículo 48. Consejo del Servicio Nacional

El artículo describe la composición del consejo interno que dirigirá el Servicio Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, incluyendo representantes de diversas secretarías y organizaciones. Este consejo será clave para la toma de decisiones en capacitación.

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Texto Legal

El Servicio Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral estará dirigido por un consejo interno conformado por:

I. Los titulares de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Educación Pública; Trabajo y Previsión Social; Desarrollo Social y Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Fracción reformada DOF 20-06-2018

II. Los organismos del sector agrario;

III. Un representante del Consejo de Certificación y Normalización de Competencia Laboral;

IV. Un representante del Consejo Mexicano y otro de los Consejos Estatales;

V. Representantes de las organizaciones de campesinos y productores de los sectores social y privado, con representación nacional;

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 07-06-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VI. Los presidentes de los comités de normalización de competencia laboral del sector agropecuario, de desarrollo rural sustentable, pesca y alimentación;

VII. Representantes de las instituciones educativas y de desarrollo tecnológico agropecuario, agroindustrial y forestal;

VIII. La representación de las autoridades agropecuarias y desarrollo rural de las Entidades Federativas; y

IX. Las instituciones para el fomento de la investigación agropecuaria y forestal a que se refiere el Capítulo II de este Título Tercero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La diversidad de representantes en el consejo sugiere un enfoque integral en la capacitación. Los asesores deben considerar esta estructura al diseñar estrategias para sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 48 del LDRS?

El artículo describe la composición del consejo interno que dirigirá el Servicio Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, incluyendo representantes de diversas secretarías y organizaciones. Este consejo será clave para la toma de decisiones en capacitación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 48 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable?

La diversidad de representantes en el consejo sugiere un enfoque integral en la capacitación. Los asesores deben considerar esta estructura al diseñar estrategias para sus clientes.

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